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LEGISLATIVO

Corte Constitucional prohíbe indemnizaciones a contratistas vinculados a casos de corrupción

jueves, 16 de mayo de 2019

La decisión fue celebrada por la Procuraduría y la Contraloría.

Kevin Steven Bohórquez Guevara

La Corte Constitucional acogió la solicitud de la Contraloría General de la República y de la Procuraduría General de la Nación en el presunto 'mico' que se quería colar el la Ley de Infraestructura. Se trata de una determinación en la que se cierra la puerta a indemnizaciones para contratistas de las Alianzas Público Privadas (APP), que sean declaradas nulas por causas relacionadas con conductas ilícitas.

La decisión del alto tribunal fue celebrado por los jefes de los entes de control. Según ellos, la corrupción no genera derechos, por eso, calificaron la sentencia como una herramienta eficaz en la lucha que adelantan las instituciones contra el flagelo de la corrupción.

“Agradecemos a la Corte Constitucional por ayudarnos a cuidar el patrimonio de los colombianos, con fallos que respaldan la lucha contra la corrupción que tanto aqueja a nuestro país, y, sobre todo, por eliminar la posibilidad de hacer reconocimientos y devoluciones de gastos a inversionistas de mala fe”, explicó Carlos Felipe Córdoba, contralor General de la República, quien adelanta una vigilancia sobre el programa de las 4G, que contempla una inversión de 47 billones de pesos, en ejecución desde 2012.

Fernando Carrillo Flórez, procurador General, por su parte, indicó que "resultaba inexplicable y una vergüenza que el Estado, es decir todos los colombianos, tuviéramos que indemnizar a unos corruptos que operan como multinacionales del delito para defraudar las arcas públicas, como podría haber ocurrido en el caso de Odebrecht, una multinacional que tenía un código de ética que facilitaba prácticas que llegaban a ser delitos como el soborno o el fraude”.

Córdoba Larrarte y Carrillo Flórez destacaron, además, que la Corte diferenciara entre los inversionistas de buena fe y los contratistas que actuaron y actúen de mala fe o de manera dolosa en la comisión de ilícitos o actos de corrupción que hubieren dado lugar a la nulidad de contratos de Alianza Público Privada, especialmente de grandes proyectos de infraestructura.

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