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Dos magistrados se declararon impedidos
En una votación de cinco contra uno, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la consulta popular que se realizó en el municipio de Cumaral, Meta, en junio de 2016, cuando se les preguntó a los habitantes del municipio: “¿Está usted de acuerdo ciudadano cumaraleño que dentro de la jurisdicción del Municipio de Cumaral, se ejecuten actividades extractivas de explotación sísmica, perforación exploratoria y producción de hidrocarburos?”. En ese momento, la empresa Mansarovar Energy iba a adelantar un proyecto de exploración de hidrocarburos en la zona.
La consulta, que fue liderada por la Alcaldía del municipio, contó en marzo del año pasado con la aprobación del Tribunal Administrativo del Meta. El NO se impuso con 7.475 votos, mientras que el SÍ obtuvo 183.
Ante la decisión del municipio, Mansarovar Energy presentó una acción de tutela y la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, le dio la razón a la multinacional, ya que la consulta no puede desconocer la propiedad del subsuelo. Y agrega que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación de hidrocarburos.
Para la Magistrada Pardo, no hay un mecanismo de participación que pueda prohibir la explotación de hidrocarburos, sino que esta decisión debe acordarse armónicamente entre las partes, lo que no ocurrió en Cumaral.
Con esta decisión, la Corte Constitucional dejó sin efecto a esta consulta y a las 74 iniciativas que estaban en proceso. Sin embargo, Pardo pidió al Congreso de la República que reglamente dichas consultas.
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