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La medida aplicará desde el 23 de abril e incluye a los capítulos 50-64, así como de bebidas alcohólicas, clasificables por las partidas arancelarias 2208.
El Gobierno Nacional en cabeza del Ministro de Hacienda y Crédito Público y del Ministro de Comercio, Industria y Turismo, expidió el Decreto 00601 del 1 de abril de 2013, mediante el cual derogó el Decreto 1299 de 2006, con sus modificaciones y adiciones.
El Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, recomendó la derogatoria del Decreto 1299 de 2006 teniendo en cuenta entre otros aspectos, que este registro no contribuía al control del contrabando y otras formas de ilegalidad, y que por el contrario facilitaba la generación de maniobras fraudulentas para la obtención del registro y la utilización del mismo.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a través del Sistema de Administración de Riesgo y de las facultades de Fiscalización y Control, identificará las personas naturales y jurídicas que deben ser objeto de control, con el fin de prevenir y combatir el contrabando en sus diferentes modalidades y evitar que las operaciones de comercio exterior sean utilizadas para lavar dinero y financiar terrorismo.
Por último se informa a las personas naturales y jurídicas que a partir del 23 de abril de 2013, no se requiere de autorización para importar estos productos y las solicitudes radicadas antes de esta fecha ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, serán objeto de archivo.
De acuerdo con los reportes de la entidad también hay alertas vigentes por inundaciones y/o crecientes súbitas en Magdalena y Cauca
Luego de estabilizar las llamas, el equipo bomberil informó que hasta el momento del reporte no habían personas lesionadas
Según la compañía, en la región hay tres plantas, que en conjunto, producen 1.900 barriles de crudo por día y 4 millones de pies cúbicos de gas