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Guía práctica para mudar su número celular a otro operador

viernes, 30 de agosto de 2013
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Carolina Suárez

Tan solo 3,01% de los 46’375.923 usuarios de telefonía móvil hicieron efectivo su derecho de cambiar de operador sin alterar su número de teléfono, según cifras del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Alberto Samuel Yohai, presidente de la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones, CCIT afirmó que “no es tan exitosa, debido a que no hay tantos usuarios que hagan uso de su portabilidad numérica, por lo que se podría pensar que están bien con los servicios que prestan sus operadores”.

A pesar de las constantes quejas que se encuentran en las comunidades virtuales como Facebook y Twitter, sobre el servicio que prestan los operadores como Claro, Movistar y Tigo, muchas personas aún no se animan a escoger otro operador.

“No tengo cláusula de permanencia, no me dejan ajustar mi plan de datos y tampoco gestionan portabilidad numérica”, denuncia una de las usuarias en el fanpage de uno de los operadores.

Otro de los clientes denuncia en Twitter que lleva más de un mes tratando de mudar su número “pedimos portabilidad numérica a un número en mi casa hace más de un mes y no ha querido soltar la línea. ¿Eso es ilegal?”.

“Yo tengo un plan prepago y la respuesta es que debía cumplir un año con ellos antes de poder trasladar mi número a otro operador” dice otro de los usuarios.

Rodrigo Lara, presidente de Asomóvil afirmó que “las quejas han venido descendiendo según lo indican las cifras de la SIC. También cabe resaltar que en este caso las personas tienen varios número de diferentes operadores para poder tener las ventajas de todos, es por esto que no hay tantos cambios en la portabilidad numérica”.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC, define la portabilidad numérica como “la posibilidad que tiene un usuario de cambiarse de un operador de telefonía móvil a otro, conservando su número telefónico, sin ningún costo ni trámite”. Es un servicio que está vigente en Colombia desde el 29 de julio de 2011.

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC y la Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC, establecieron los derechos que tienen los usuarios a la hora de cambiarse de operador, los cuales son: “puede solicitar la portación de su número, aun cuando se encuentre sujeto a la cláusula de permanencia mínima; a recibir información oportuna de su operador acerca de la portabilidad numérica; contar con la garantía de protección de datos por parte del operador al suministrar el cambio; el operador que recibe al nuevo usuario está en la obligación de mantenerlo informado sobre el proceso de cambio; y por último, el usuario tiene derecho a escoger el día en que comience su contrato con el proveedor”.

Lo que debe saber el usuario
Lo primero que debe saber el usuario es que la portabilidad numérica aplica para líneas en prepago y en pospago; además el traslado del número de un operador a otro no tiene ningún costo. También es muy importante que tenga en cuenta que, desde el 1 de agosto de 2012, todo el proceso de portación debe tener una duración máxima de tres días hábiles, contados a partir del ingreso de la solicitud de portación que hace el usuario. Por último es importante tener en cuenta que no existe límite a la cantidad de veces que un usuario pueda cambiar el servicio con un operador, pasándose a otro y conservando su número telefónico.

Todo esto se realiza con el fin de que los usuarios reciban mejores ofertas de los operadores de telefonía móvil, así como mejor calidad en el servicio y, de esta manera, dinamizar las condiciones de competencia en el mercado.

Excepción a la regla
Los usuarios no pueden efectuar satisfactoriamente la portabilidad numérica cuando tienen cuentas pendientes con el operador, por ejemplo al estar sujetos a cláusulas de permanencia, en dado caso si desea hacer efectivo su derecho lo que debe realizar es la cancelación de la deuda para poder liberarse. De igual manera si tiene facturas pendientes, deben tener en cuenta que es necesario estar a paz y salvo por el operador para poder cambiarse a otro.

¿Cómo y cuando quejarse?
Si el operador donante no ha liberado al usuario dentro del plazo establecido y no existe ninguna razón aparente para retenerlo, tiene derecho a presentar una queja y/o reclamación al mismo, de hacer caso omiso, el cliente puede involucrar otras entidades, en este caso a la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, encargada de velar por la protección al consumidor.

Las denuncias de operadores a Claro
Con el último informe de portabilidad numérica que entregó la CRC, en el cual se mostraba que el operador dominante, Claro recibió 818.478 números y donó 456.748 mientras que Movistar perdió 716.842 y ganó 177.394, el operador español dijo en un comunicado de prensa que “Movistar y otros operadores hemos denunciado por prácticas de portaciones ficticias a Claro”. Pablo Felipe Robledo, Superintendente de Industria y Comercio afirmó que “se encuentra en serias investigaciones contra Claro, que de ser ciertas podría ser sancionado hasta por $60.000 millones”.

Las opiniones

Rodrigo Lara
presidente de asomóvil

“Cabe resaltar que en el caso de la portabilidad numérica, las personas tienen varios números de diferentes operadores para poder tener las ventajas de todos”.

Alberto Samuel Yohai
Presidente de la Ccit

“Se podría pensar que la medida no es tan exitosa, debido a que no hay tantos usuarios de telefonía móvilque hagan uso de su portabilidad numérica”.

Pablo Felipe Robledo
Superintendente de Industria y Comercio

“Nos encontramos en serias investigaciones por las prácticas de Claro, por las que podría ser sancionado hasta por $60.000 millones. Se podría conocer la próxima semana”

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