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Analistas 16/08/2020

El acoso invisible

Sharon Hernández
Periodista y experta en comunicaciones
Analista LR

El siglo pasado fue testigo de importantes cambios en la vida de las mujeres, logros conquistados por sus luchas y movimientos que buscaron la igualdad de derechos. Se avanzó de forma significativa en educación, empleo y salud, pero desde entonces hay un área que no ha cedido tanto: la violencia hacia ellas.

Esta realidad ha impulsado a lo largo de los años la creación de instrumentos que buscan erradicar este problema de las sociedades modernas, como la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, adoptada por la ONU en 1993; la Convención Interamericana para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), de la OEA en 1994; entre otras. En Colombia, ya entrados en el nuevo siglo, la Ley 1257 de 2008 dio el marco general para la sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres.

Aunque estos no son avances menores, han sido insuficientes. Entre otras cosas porque, en la práctica, la forma de pensamiento se quedó estática en muchas estructuras de la sociedad, resultado de la cultura y tradiciones que reinaron otrora. “Hemos evolucionado. En cambio, nuestras ideas sobre género no han evolucionado mucho”, dice la escritora Chimamanda Ngozi Adichie.

Dentro de las formas de violencia hacia la mujer, el acoso sexual es una de las más frecuentes, y también la más normalizada. En parte porque hasta hace poco no había claridad suficiente sobre lo que era, ni se hablaba del tema, lo que permitió que algunas prácticas cotidianas se volvieran paisaje, aprovechadas en muchos casos por hombres y toleradas sin más remedio por mujeres.

En 2008, con la Ley 1257, el país incluyó el acoso sexual como delito en el Código Penal, que lo define como “el que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona (…)”. La Corte Suprema ha dicho, además, que debe ser una conducta repetitiva, insistente, que genere mortificación en la víctima, pero en la que no se consume la pretensión sexual.

Como es evidente, los paquetes normativos e instrumentos no cambian, por sí solos, los comportamientos arraigados y el entorno cómplice que hemos creado durante años. Por eso no deben sorprender y, al contrario, se deben celebrar las recientes denuncias públicas sobre acoso en universidades, entidades públicas, espacios privados y laborales, entre otros. Estas están surgiendo no producto de una ley o declaración, sino del espíritu de la época, marcado por el deseo real de cambio.

El silencio de tantos años frente a esta problemática le ha hecho daño a toda la sociedad. De ahí la importancia del reconocimiento como primer paso, solo el acto colectivo de reflexionar y reconocer la existencia del acoso sexual como una práctica invisibilizada por años nos llevará a avanzar en el planteamiento de soluciones estructurales.

Quizá en algunos años, cuando miremos en retrospectiva la historia, podamos registrar esta como la época en la que se avanzó en la eliminación de la violencia como forma de discriminación hacia la mujer y en la que se transformó la cultura que hoy sustenta el acoso, un camino posible gracias al movimiento y acción de las mujeres y al proceso reflexivo de cada vez más actores de la sociedad.

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