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Analistas 09/11/2022

Positivo de la reforma: todos a pedir factura electrónica

Mario José Márquez Olier
Country Manager B2box
Analista LR

En medio de las discusiones de la reciente votada reforma tributaria, que solo falta conciliar y firmar para que sea ley de la República, vale la pena resaltar el espaldarazo que se le dio al sistema de factura electrónica con la modificación del Artículo 336 del estatuto tributario, en lo que se refiere a la renta liquida para todas las cédulas.

En medio de la depuración de exenciones y de disminución de topes para la declaración de renta de las personas naturales de esta nueva reforma, se rescató algo que habíamos dejado de la reforma de Carrasquilla, un poco menos ambicioso, pero en todo caso considero igual de efectiva.

Dicta que los más de 4 millones de personas naturales que declaran renta, pero que solo pagan cerca de millón y medio, podremos en la declaración de renta que presentamos en 2024 con información del período 2023, solicitar como deducción en la renta liquida gravable del impuesto sobre la renta, 1% del valor de las compras que hagamos como personas naturales a través de tarjeta débito, crédito o cualquier medio electrónico como medio de pago, hasta por 240 UVTs ($9.120.160 de hoy).

Obviamente, comprar o gastar durante 2023 más de $900 millones como persona natural, es un monto muy alto para los ciudadanos del común, pero si me atrevo a decir que por lo menos millón y medio de personas que habitualmente pagan renta, estarán buscando por todo lado disminuir su renta, mediante la solicitud de factura electrónica, porque será de las pocas opciones disponibles ahora, para lograr incluir deducciones que quedaron limitadas.

Vamos todos ahora a pedir factura electrónica cuando compremos un helado, vayamos al médico, compremos un computador, cambiemos de carro, arreglemos la casa, cambiemos de celular, hagamos mercado, cambiemos la ropa, vayamos a la tienda, vayamos al restaurante, salgamos a bailar, paguemos el colegio, demos una donación, salgamos de viaje, en general todas las compras de bienes y servicios que un ciudadano colombiano hace en su diario vivir.

Es importante que se entienda que el sistema de factura electrónica no requiere que estemos guardando las facturas ni físicas, ni en el correo, pues con solo dar la cédula en el punto de venta, el vendedor nos debe emitir nuestra factura electrónica.

Como es con validación previa, la Dian va guardando cada una de las compras que hacemos los llamados “No obligados a facturar”, para que en 2024, el renglón de deducción por facturas electrónicas se llene automático, en la declaración de renta sugerida que nos va a llegar, teniendo también la opción de consultar en línea con la Dian, para ir monitoreando el monto de lo que compramos desde el próximo 1 de enero de 2023, para ir aplicando el mencionado 1%.

Con este artículo de la reforma, la Dian ya no va a tener que emitir circulares, como la que se firmó recientemente, que no dicen mucho más que recordar la resolución 042 de 2020, donde se llama la atención a los comercios, para que dejen de pedir requisitos innecesarios y de ficción para la expedición de una factura electrónica. Ahora todos vamos a exigir con vehemencia que nos las emitan, pues queremos ver registrada esa compra en la Dian, de lo contrario no nos vamos a querer ir del lugar de venta, hasta ver la compra registrada.

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