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Analistas 26/11/2022

Soat, el punto de inflexión

Juan Alberto Londoño Martínez
Ex viceministro de Hacienda

En Colombia, el Gobierno no puede efectuar un gasto con cargo al presupuesto si no existe previamente una ley que así se lo autorice, esto en desarrollo de la separación de poderes en un estado democrático. Así, el Congreso autoriza al ejecutivo para efectuar determinado gasto y adicionalmente asigna mediante la ley anual de presupuesto los rubros para cubrir los previamente autorizados y determina a cuáles de ellos les destina más o menos recursos e incluso aquellos que se postergan dentro de la priorización de las necesidades, bajo el entendimiento de que los mismos son limitados. Esta la labor del legislativo en la definición del presupuesto público.

Así las cosas, el artículo 346 de Constitución determina que en el presupuesto no podrá incluirse partida que no corresponda a una deuda reconocida, a un gasto autorizado por ley anterior, a garantizar el funcionamiento del Estado y al pago de la deuda.

En este sentido, después de apropiar los gastos de funcionamiento y los recursos para el pago de la deuda, se obtiene como remanente los recursos destinados a la inversión pública que, igualmente, parten con una restricción que son las vigencias futuras aprobadas previamente y que son las obligaciones destinadas al pago de las grandes obras de infraestructura a lo largo de varios años.

Resulta inquietante que el Gobierno Nacional, haya anunciado que, a partir del primero de diciembre, un gran número de obligados a adquirir el Soat pagaran por el mismo la mitad de su valor y que con recursos del presupuesto se subsidiará el otro 50%.

Desde un análisis legal, no se observa la existencia de una ley que autorice al Gobierno a otorgar este tipo de subsidio, de igual manera, no se encuentra partida presupuestal que asigne recursos para tal propósito, con lo cual no existe autorización legal o título de gasto para tal propósito.

Así mismo, no se tiene claridad de cómo los aseguradores podrán dar cumplimiento a esta orden del gobierno y cómo podrán cobrar estos recursos sí, en el momento en que se autorice su pago, se habrá configurado un hecho cumplido que impide su pago.

Mención aparte merece la justificación técnica y económica que implica subsidiar el Soat. Según el ministro de Hacienda, el costo de este subsidio asciende a los $2 billones y estará destinado a motocicletas de bajo cilindraje, autos de negocio, taxis, microbuses urbanos y servicio público urbano e intermunicipal.

Al analizar, se observa que se están subsidiando empresas de transporte público que cuentan con la capacidad y tienen la obligación no solo de tener el Soat sino también otros seguros para la correcta prestación del servicio. Al hablar de las motos, encontramos que existen algunas de hasta $15 millones que son de menos de 200 centímetros cúbicos y que no todo dueño de estas requiere del subsidio.

En consecuencia, al hablar de la progresividad que debe tener la asignación de recursos públicos en el gasto social, el acá indicado no parece tener el mayor rigor técnico y no parece tener la mejor focalización.

Existen gastos e inversiones que parecerían tener mayor impacto, así se observan las transferencias monetarias condicionadas, como familias en acción, que se dice se encuentran desfinanciadas y frente a las cuales la focalización ha sido desarrollada con gran rigurosidad o, los mismos subsidios eléctricos igualmente sin las apropiaciones necesarias, que con sus defectos generan mayor impacto y calidad de vida a los más vulnerables, este no parece ser una prioridad para la sociedad.

En cuanto al aspecto político la reflexión que surge es si al gobierno le midieron el aceite y se dieron cuenta que, con amenazas de paro, este cederá a peticiones injustificadas y si será la amenaza de la calle la que determine el devenir de las políticas y el gasto público. En consecuencia, el subsidio al SOAT puede ser la punta del iceberg para la desinstitucionalización del país y la puesta en riesgo del sistema democrático, carece de fundamento legal, técnicamente es deficiente en focalización y progresividad y es producto de la presión irregular de los motociclistas. Todo mal.

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