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Analistas 24/09/2021

¿Cuáles garantías?

Las comisiones económicas de Cámara de Representantes y Senado aprobaron en las últimas horas la proposición que permite convenios interadministrativos para entidades territoriales durante período electoral dentro de la Ley de Presupuesto. Según los legisladores, el origen de la norma que restringía contratación por un fragmento del año electoral se desvirtuó con la coyuntura actual.

El objetivo de modificarla es lograr suspender el apartado que impide celebrar contratos y convenios interadministrativos durante cuatro meses antes de elecciones, es decir, el inciso primero del artículo 38 de la Ley 996 de 2005. Algunas voces advierten que la Corte Constitucional puede tumbar todo por vicios de procedimiento, al ser una ley ordinaria modificando una estatutaria.

Hay afán por comenzar a implementar rápido esta iniciativa para 2022. La Federación de Municipios, la Asociación de Ciudades Capitales y la Federación de Departamentos han sido los principales impulsores de la idea. Las entidades territoriales, que ya están pensando en reactivación económica y caja para el año entrante, lograron convencer al parlamento de que existen mayores beneficios que perjuicios en la iniciativa. El Gobierno defiende el tema, los partidos de oposición han advertido de los potenciales riesgos, reviviendo el concepto de “mermelada”, ampliamente ventilado durante el Gobierno anterior.

El efecto macroeconómico de más de 16 meses de pandemia es un contexto que no se puede dejar de observar para cualquier análisis. Los menores ingresos y proyectos que se frenaron generaron una disminución significativa del gasto público. Si se aplica la ley actual sería aumentar el problema por un semestre más. El freno del gasto en ciertos municipios y departamentos ha sido devastador. Para algunos esta posibilidad de gastar e invertir en el primer semestre de 2022, es la única opción de recuperar algo del terreno perdido.

En términos generales creo que es una buena iniciativa. Las cosas hay que verlas en perspectiva y con algún grado de objetividad. La existencia de una ley de garantías, no va a detener por si sola a las sofisticadas redes de corrupción de ciertos grupos empresariales como el liderado por Emilio Tapia, por poner un ejemplo reciente.

Se ha descubierto que los favores políticos se pagan a priori o a posteriori, lo cual desvirtúa que se busque imponer un freno de algunas semanas a la contratación. Los funcionarios corruptos que cobran un porcentaje de los contratos que otorgan, o quienes se quedan con una tajada de los salarios de a quienes emplean, no van a dejar de hacerlo por una prohibición de una norma.

Ellos voltean la fórmula e igual llegan a cometer actos de corrupción de maneras creativas, diversas y elaboradas. De hecho, si uno analiza a profundidad, la totalidad de la Ley de Garantías podría obviarse si tuviéramos mejores mecanismos para los organismos de control. Un mayor control ciudadano, con filtros que permite la tecnología disponible, deberían ser suficientes para no necesitar frenar el aparato del Estado en ningún año, así haya elecciones.

Hay que hacer cumplir las normas, vigilar los procesos en Secop II y ejercer una buena presión ciudadana junto a los medios de comunicación para tener ahí sí, algo de garantías.

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