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Analistas 08/12/2022

Síndrome adámico

Eric Tremolada
Dr. En Derecho Internacional y relaciones Int.

Desde el 28 de abril pasado no dedicábamos líneas a las controversias territoriales y marítimas de Nicaragua contra Colombia. En más de dos décadas, en este y otros medios, así como en publicaciones académicas, nos hemos referido, en múltiples ocasiones, a los litigios con la nación centroamericana haciendo énfasis en lo que se debatía y cómo se resolvían en derecho las pretensiones que pretendían y podían probar las partes en los debates ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Chovinistas y patrioteros han criticado a la Corte, a Nicaragua y a los que con objetividad y conocimiento jurídico coincidimos que la razón jurídica no ha estado de nuestro lado.

No obstante, eso es lo que han registrado las sentencias de 2007, 2012, 2016 y 2022 que resolvieron, primero, la disputa territorial y de delimitación marítima, y luego las presuntas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el Caribe. Con ocasión de las audiencias orales de esta semana ante la CIJ por la controversia pendiente, relativa a la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia, más allá de las 200 millas náuticas desde la costa nicaragüense, se exacerba de nuevo la intransigencia nacionalista.

En Colombia insisten en echarle la culpa a todo el mundo por los resultados en las dos controversias resueltas y ya señalan a los culpables de la que está pendiente de resolución. Suele ser más fácil quedarse sin nada que sin un culpable, Eva culpó a la serpiente por convencerla de comer el fruto prohibido y Adán a esta por dejarse convencer de comerlo, pero ambos fueron expulsados del paraíso por cometer el mismo pecado.

En Colombia desde el inicio hemos creído que el derecho está de nuestro lado, y por eso no negociamos, apostando todo en la primera controversia a una estrategia que se creía vencedora y que fue derrotada en 2007 cuando se resolvió sobre las excepciones que presentó a la demanda nicaragüense buscando que la CIJ se declarará incompetente para pronunciarse de fondo. No hay que culpar a la CIJ, como señala el único escrito objetivo de estos días de J.J. Gori Cabrera, sin mayor posibilidad, se acudió a las reglas del Pacto de Bogotá para que la CIJ se declarara incompetente porque el asunto estaba definido por el Tratado de 1928, asumiendo que el Meridiano 82 era límite.

Si no teníamos límites, y en 2007 la CIJ anunció que los fijaría, como sucedió en 2012, insistir en la tesis de la necesidad de un tratado para cumplir ese fallo que modificó límites inexistentes, es una necedad que nos llevó a que este año la CIJ nos dijera que no estamos cumpliendo la obligación de respetar los derechos soberanos y la jurisdicción nicaragüense en su zona económica exclusiva. Frente a la demanda pendiente de resolución relativa a la delimitación de la plataforma continental, más allá de las 200 millas náuticas, Colombia tiene mejores posibilidades, tanto por el principio de la cosa juzgada (este asunto no se debatió en 2012, porque Nicaragua no reunió todos los requisitos) y porque el concepto de plataforma extendida no está claro que sea de origen consuetudinario.

En todo caso, para el último proceso, como ya no hay tiempo para una negociación que nos permita salir de las lógicas de geografía física que disputan los Estados, “tenemos que enfrentarlo con hidalguía y serenidad”, como dice J.J. Gori.

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