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EDITORIAL

La subida extraordinaria del salario

jueves, 23 de agosto de 2018

El senador Álvaro Uribe precipitó el debate sobre el salario mínimo, una polémica siempre muy necesaria pero que debe tener en cuenta quién paga

Editorial

Todos los años el aroma navideño llega casi en simultánea con la discusión del salario mínimo para el año venidero. Como es tradicional en el debate intervienen las centrales obreras y los gremios empresariales, bajo la lupa del Ministerio de Trabajo que actúa como árbitro de una reunión tripartita, que por lo general termina con un decreto, pues pocas veces las dos partes se ponen de acuerdo. El epicentro de la discusión siempre tiene que ver con dos puntos de vista muy distantes: que el alza se haga con base en la inflación esperada, en lugar de la causada, y que, la productividad que fija el Departamento Nacional de Planeación sea superior a un punto. La historia nos dicta que sindicatos y empresarios pocas veces acuerdan y termina el gobierno de turno fijando el incremento del salario mínimo con base en sus proyecciones macroeconómicas. Ese incremento no solo afecta a casi 1,7 millones de trabajadores formales que reciben esa paga mensual, sino que ese ajuste es el que se aplica para las sanciones judiciales y de tránsito; y al mismo tiempo en muchas empresas ese monto se hace extensivo para todos los demás salarios. En pocas palabras esa alza impacta de manera notable los presupuestos de las empresas y por ende el Presupuesto General de la Nación que debe buscar más impuestos para cubrir el creciente gasto de funcionamiento. En conclusión, toda alza en el salario mínimo lo pagan los empresarios y los contribuyentes, que cargan con casi todo el caudal tributario.

El ex presidente y senador, Álvaro Uribe, sorprendió a la agenda económica al radicar en el Congreso un proyecto de ley que le otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República para incrementar de manera extraordinaria el salario mínimo legal mensual vigente. La idea es expedir normas con fuerza de ley que regulen: 1) El incremento extraordinario por una sola vez, del salario mínimo legal mensual vigente. 2) El depósito del porcentaje incrementado en la cuenta individual que para el efecto disponga el Fondo de Cesantías y el término mínimo de permanencia en éste. 3) La articulación jurídica, tributaria y financiera a fin de evitar presiones inflacionarias respecto del citado incremento extraordinario. 4) La ausencia del impacto de este incremento, en los indicadores económicos del país. 5) La estabilidad del incremento extraordinario fijado, como base para el incremento del salario mínimo mensual ordinario en 2019 y a partir de ahí en las siguientes anualidades. 6) La inclusión de dicho aumento porcentual, en la base de liquidación de las prestaciones sociales y aportes a la seguridad social de los trabajadores. Toda una batería de cambios en el marco del salario mínimo que generará una expectativa inflacionaria evidente.

Los empresarios le apuestan a la idea con el objetivo de reactivar la economía, mientras la jugada sea acordada con el Banco de la República y el Ministerio de Hacienda, y tenga una compensación en gastos en la reducción de impuestos, tal como se prometió durante la campaña electoral. Es decir, se aumenta en salario mínimo a cifras cercanas a US$400, pero este aumento debe ser compensado en la notable reducción de la carga tributaria empresarial, una de las más altas de la región. El Congreso tiene la palabra, pero es momento de convocar a los gremios para acordar el pacto empresarial que empieza a tomar forma para que la reactivación de la economía pase del dicho al hecho.

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