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URUGUAY

Uruguay sin IVA para turistas extranjeros en la temporada de verano el próximo año

martes, 30 de diciembre de 2025
Foto: El Observador
RIPE:

Uruguay

La medida se mantendrá vigente hasta el 30 de abril e incluirá descuentos especiales y eliminación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en consumos que van desde la hotelería hasta la organización de eventos.

El Observador - Montevideo

El Ministerio de Turismo extendió los beneficios fiscales para turistas extranjeros que arriben al país en la temporada de verano 2026. La medida, vigente desde el 15 de noviembre hasta el 30 de abril, incluirá descuentos especiales y la eliminación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en consumos que van desde la hotelería hasta la organización de eventos.

La eliminación del IVA se aplicará en tres sectores clave: alojamiento: los turistas no residentes disfrutan de IVA cero en hoteles y todo tipo de alojamientos durante todo el año; gastronomía y eventos: hasta el 30 de abril de 2026, los visitantes no pagarán IVA en servicios gastronómicos de restaurantes, bares y cafeterías, siempre que sean independientes del hospedaje. Esta ventaja se extiende también a servicios de catering y a otros proveedores para fiestas, como fotografía, video y música; movilidad: el alquiler de vehículos sin chofer también estará bonificado con IVA cero bajo la misma vigencia.

Además de las exoneraciones, el paquete fiscal incluirá otras ventajas financieras para turistas extranjeros: los turistas que alquilen una propiedad con destino vacacional a través de una agencia pueden acceder a una devolución de 9 puntos del IVA abonado en la comisión de mediación; se mantiene vigente durante todo el año el Régimen de Tax Free para compras de productos incluidos en el sistema, realizadas en comercios adheridos. El reintegro se gestiona al salir del país por pasos fronterizos específicos, como el Aeropuerto Internacional de Carrasco o la Terminal de Cruceros de Punta del Este.

Para acceder a los beneficios fiscales, los pagos deberán realizarse exclusivamente con medios electrónicos internacionales. Esto incluye tarjetas de débito o crédito emitidas en el exterior, o a través de transferencias electrónicas de fondos provenientes del exterior.

El beneficio aplicará para aquellos alojamientos que estén registrados en el Ministerio de Turismo, siempre que sean abonados con tarjeta de crédito, débito o instrumentos análogos. (comprende a hoteles, apart hotel, motel, hostería, posada, establecimiento rural, hostel, albergue u hostal o camping)

Únicamente si abonas a través de tarjetas de débito o crédito o por dinero electrónico y tarjetas prepagas admitidas por el Banco Central del Uruguay. Ante el caso que el servicio sea prestado por pequeñas y medianas empresas, en cuyos comprobantes no se realiza el desgloce de IVA, el descuento corresponde a 7,38% sobre el importe total de la operación del servicio prestado por el intermediario.

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