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En un reporte de mayo divulgado el lunes, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) dijo que Pemex no publicó, en los plazos establecidos, información sobre comercialización y ventas de primera mano de petrolíferos y las causas por las que se podría suspender a sus clientes.
La autoridad también determinó que Pemex no informó al regulador del sector energético, la Comisión Reguladora de Energía (CRE), sobre compromisos adquiridos con la Cofece y la publicación en su portal comercial y en dos medios impresos.
Pemex tiene 15 días hábiles a partir de la notificación de la decisión de la Cofece para impugnar la multa, dijo la autoridad. No fue posible obtener de inmediato una postura de la petrolera sobre lo anunciado por el ente antimonopolios y sobre cuándo habría sido notificada.
Los compromisos mencionados por la Cofece forman parte de una lista de seis que el brazo industrial de Pemex, el TRI, adquirió con la autoridad en septiembre del 2016 para eliminar cualquier trato discriminatorio en el mercado de combustibles y que llevaron al ente antimonopolio a cerrar anticipadamente una investigación sobre posibles prácticas monopólicas relativas.
La Cofece dijo que Pemex deberá cumplir con lo acordado en septiembre del 2016 "un plazo de 10 días hábiles" contados a partir del día siguiente en que surta efecto la notificación de la resolución.
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