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Reuters
Se suspenden los derechos a la libertad de tránsito y la inviolabilidad de domicilio y correspondencia desde las 23:00 a las 5:00
En medio de una crisis de seguridad que deja ya 2.086 muertes violentas en el primer trimestre de 2026, el gobierno del presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 370, modifica el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 353 y establece la suspensión del derecho a la libertad de tránsito entre las 11:00 PM y las 05:00 AM durante el periodo mencionado, esto como una estrategia para combatir a las bandas criminales en el país, además de suspenderse la inviolabilidad del domicilio y correspondencia.
El toque de queda inicia el domingo 3 de mayo, coincidiendo con el cierre del feriado del Día del Trabajo, y se extenderá hasta el lunes 18 de mayo de 2026, teniendo efecto en las provincias de Pichincha, Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos, además de 4 cantones adicionales:, específicamente La Maná, en la provincia Cotopaxi, Las Naves y Echendía, en Bolívar, y La Troncal, ubicada en la provincia de Cañar.
Si bien el sector empresarial ecuatoriano ha hecho solicitudes al gobierno para contemplar la idea de "excepciones" durante el toque de queda para no afectar la productividad, el decreto no contempla la entrega de salvoconductos para circular durante las horas restringidas.
Los únicos que podrán circular libremente son los sectores de salud (pública y privada), la fuerza pública ecuatoriana y entidades de seguridad o gestión de riesgos. Incluso, el Ministerio del Interior ha ordenado adelantar los horarios de conciertos y celebraciones del Día de la Madre para cumplir con la norma.
Quienes incumplan la medida podrían enfrentar penas de hasta tres años de prisión, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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