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Entre las iniciativas del proyecto de ley, hay un nuevo tipo de pensión que cobija a personas que sufren de enfermedades terminales
El proyecto presentado por el gobierno establece un nuevo tipo de pensión para aquellas personas que sufren una enfermedad terminal
La iniciativa que ingresó al Congreso a fines de octubre pasado, hoy fue despachada a ley por la Sala de la Cámara de Diputados.
En la instancia, participó la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, quien agradeció el trabajo de distintos diputados y valoró que los parlamentarios hayan decidido sacar este tema de la reforma previsional y tramitarlo como un proyecto aparte.
"El hecho de haber sacado este tema de la reforma y haberlo tramitado como una ley independiente, nos da la posibilidad de que esto ya vaya a ser una realidad, un derecho para muchas personas que hoy están viviendo una situación muy compleja", sostuvo Zaldívar.
La secretaria de Estado, explicó que con esta nueva ley, las personas que padezcan una enfermedad terminal podrán acceder a los fondos de sus cuentas de pensiones de una manera más rápida.
"En vez de aplicarse la misma tabla que a todo el resto, se les aplique un criterio que sea diferente y que reconozca que efectivamente que su expectativa de vida es distinta a la que tienen el resto de las personas", detalló la ministra.
Detalles del proyecto
En concreto, la iniciativa establece que todas las personas que certifiquen ante su AFP que padecen una enfermedad terminal con un diagnóstico de vida no superior a los 12 meses, podrán acceder a este nuevo tipo de pensión, cuyo monto se calculará tomando en cuenta la nueva expectativa de vida.
En tanto, el Subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, explicó que, aunque esta norma entrará en vigencia el próximo 1 de julio, en el intertanto implementarán junto a la Superintendencia de Pensiones "una fórmula transitoria, para que se pueda acceder de inmediato a estos beneficios, porque entendemos la urgencia, entendemos la necesidad de poder contar con este instrumento que ayudará a muchos chilenos".
Para acceder al beneficio, se creará el Consejo Médico de la Superintendencia de Pensiones, quien será el organismo encargado de calificar o certificar la calidad de enfermo terminal.
Este último se entenderá a toda persona con una condición patológica grave diagnosticada, progresiva e irreversible, sin tratamiento específico curativo o que permita modificar su sobrevida, o bien cuando los recursos terapéuticos utilizados han dejado de ser eficaces, y con una expectativa de vida inferior a 12 meses.
La medida permitirá el retiro de sus fondos previsionales como Excedente de Libre Disposición, manteniendo al menos los recursos necesarios para financiar: una Renta Temporal por 12 meses igual a lo menos a la Pensión Básica Solidaria; la Cuota Mortuoria (15 UF) y las pensiones de sobrevivencia, de corresponder.
Los beneficiarios serán: afiliados activos al sistema de pensiones de AFP; pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez total o parcial o sobrevivencia, bajo todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia; y pensionados de la Ley de Accidentes y enfermedades profesionales N° 16.744.
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