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Exportaciones en Argentina
Con cámaras y firma digital, las empresas exportadoras ahora podrán autodespachar mercadería desde sus propias plantas sin presencia física de la Aduana
En el marco de su agenda desreguladora, el Gobierno dio este miércoles un paso clave con la publicación del manual operativo del régimen de Exportación Monitoreada, el cual confirma todos los detalles necesarios para que las empresas interesadas puedan vender al exterior desde sus propias plantas.
La norma la oficializó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) este martes a través de la Resolución General 5861/2026 publicada en el Boletín Oficial, la cual ya se encuentra en vigencia.
Esta definición es esencial ya que, aunque el régimen fue creado en octubre de 2025, este carecía de arquitectura: ahora, las empresas podrán conocer todos los detalles para exportar de forma más simple y directa, ya que la RG 5861 establece los procedimientos concretos, los trámites digitales y las responsabilidades de cada parte.
El régimen de Exportación Monitoreada es clave en la política del Gobierno de facilitar el comercio exterior a través de la eliminación de normas que lo entorpecen o la creación de regímenes más simples.
En su momento, el propio ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, había calificado a la creación de este nuevo sistema como un “cambio copernicano”, ya que, ahora, las empresas exportadoras podrán despachar su mercadería directamente desde sus propias plantas de producción, sin que un verificador de la Aduana deba trasladarse físicamente al lugar.
En su lugar, un guarda aduanero supervisará toda la operación en tiempo real a través de cámaras de videovigilancia (Cctv) instaladas por la propia empresa: controlará que la mercadería esté correctamente acondicionada, autorizará el inicio de la carga, registrará el precintado del contenedor y emitirá la documentación de salida con firma digital, todo de forma remota.
El sistema busca reemplazara así un esquema de control presencial —con sus costos en viáticos y demoras logísticas asociadas— por una fiscalización digital que, según el Gobierno, agiliza los tiempos y simplifica la operatoria para el exportador.
El régimen está dirigido a operadores de comercio exterior habilitados bajo la RG 5721 —que regula el régimen general de cargas de exportación en planta— que quieran adherirse voluntariamente al procedimiento de monitoreo remoto.
Para poder hacerlo, las empresas deben cumplir dos requisitos centrales de elegibilidad:
La adhesión es voluntaria, no automática: cada empresa debe solicitarla formalmente y la aduana de jurisdicción evaluará luego caso a caso la mercadería, el proceso productivo y las condiciones de conservación antes de aprobarla, con un plazo de respuesta de hasta 60 días hábiles.
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