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Presidente de Ecuador, Daniel Noboa
Un nuevo proyecto de ley con carácter económico urgente fue remitido a la Asamblea Nacional el 29 de julio de 2025 por el Gobierno del presidente Daniel Noboa en Ecuador.
Esta iniciativa, denominada Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, introduce una serie de reformas fiscales enfocadas principalmente en el funcionamiento de las fundaciones sin fines de lucro, pero también contempla ajustes significativos para el régimen tributario aplicado a los dividendos empresariales.
Entre los aspectos clave del proyecto se encuentra la modificación de la tarifa del Impuesto a la Renta aplicada a las utilidades que las empresas reparten a sus accionistas, una vez cumplidas las obligaciones legales con los trabajadores (15% de utilidades) y con el Estado (25% de impuesto corporativo).
Esta propuesta afecta directamente a personas naturales que participan como accionistas en empresas listadas en las Bolsas de Valores de Quito y Guayaquil, quienes actualmente pagan una tarifa de 10% sobre los dividendos recibidos.
El cambio propuesto por el Ejecutivo eleva dicha tarifa a 12% exclusivamente para los residentes fiscales en Ecuador. No obstante, se incluye una medida compensatoria, una franja de exoneración equivalente a tres salarios básicos unificados, es decir, US$1.410 para 2025.
Con esta medida, los accionistas cuyos dividendos no superen dicho monto estarán exentos del impuesto, mientras que quienes reciban montos superiores solo tributarán por la diferencia.
Respecto a los beneficiarios en el extranjero, la tarifa se mantendría en 10%. Sin embargo, se introduce un tratamiento más severo para los dividendos canalizados a través de jurisdicciones consideradas paraísos fiscales. Si la administración tributaria determina que el beneficiario final de esos fondos reside en Ecuador, la tarifa aplicable será de 14%.
Adicionalmente, el proyecto incorpora una nueva figura tributaria que busca gravar las utilidades acumuladas por las empresas que no son distribuidas entre los accionistas. Este fenómeno ocurre frecuentemente cuando las juntas directivas posponen el reparto hasta contar con mayor liquidez. Para contrarrestar esta práctica, la iniciativa propone aplicar un impuesto que oscila entre 0,75% y 2,50%, siempre que el valor acumulado supere los US$100.000.
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