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La Corte dejó firme una sentencia que permite a condenados a perpetua intentar la libertad condicional, priorizando el "derecho a la esperanza"
La Corte ratificó la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal, que prohíbe la libertad condicional para condenados a prisión perpetua por delitos graves como homicidios agravados. Según el fallo, negar toda posibilidad de revisión perpetúa una pena indeterminada e incompatible con tratados internacionales sobre derechos humanos.
Alejandro Guerra fue condenado a perpetua siendo menor de edad por el asesinato de un policía. Su defensa argumentó que su condena, al excluir cualquier posibilidad de libertad condicional, violaba su derecho fundamental de aspirar a la libertad. Este argumento fue parcialmente aceptado por la Cámara Nacional de Casación Penal, que declaró inconstitucional el artículo en cuestión.
El artículo 14 establece que ciertos delitos, como los homicidios agravados, excluyen a los condenados de obtener libertad condicional, salvo en casos de indulto o conmutación de pena. La Corte consideró que este artículo, aplicado en casos como el de Guerra, genera penas perpetuas sin posibilidad de rehabilitación, lo que contraviene derechos esenciales como el de la dignidad y la esperanza.
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