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1.- Selección por circuitos y estados. La selección de los diputados se realiza por estados y por circuitos. En total son 87 circunscripciones, donde se eligen 113 diputados por nombre y apellido, mientras que por listas estadales se seleccionan a 51 diputados, para un total de 164. Los tres restantes se escogen en la representación indígena.
2.- Votos nacionales no impactan. La cantidad de votos nacionales que un partido o alianza alcance en las elecciones parlamentarias no tiene impacto en la cantidad de curules o escaños que logre en la Asamblea Nacional, precisamente por lo dicho en punto anterior de que los puestos se definen por estados y circuitos.
3.- Las mayorías. La Asamblea Nacional está compuesta por 167 curules y para tomar decisiones, la Constitución establece distintos tipos de mayorías. La mayoría simple (la mitad más uno) es 84 diputados.
Entre las decisiones que se pueden tomar con esta mayoría están la designación de la directiva de la Asamblea Nacional, aprobar leyes, aprobar salidas al exterior del Presidente por más de cinco días, aprobar el presupuesto nacional, aprobar iniciativas de enmienda o reforma constitucional, entre otras.
Mayoría calificada. Se aplica respondiendo a dos criterios: el de las tres quintas partes (100 diputados) y el de las dos terceras partes (111 diputados). Con las tres quintas partes se puede aprobar la Ley Habilitante y el voto de censura contra vicepresidente o ministros. Con las dos terceras partes se puede aprobar la iniciativa de convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, aprobar un Proyecto de Reforma o Enmienda Constitucional, aprobar o modificar Leyes Orgánicas, elegir y remover a magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, elegir o remover a miembros del Poder Ciudadano y someter Proyectos de Ley a referendos aprobatorios.
4.- Resultados irreversibles. Los resultados que anuncie el CNE en su primer boletín indican una tendencia irreversible, es decir que aún faltando votos por contar en ese estado o circunscripción la ventaja de quien lidera no se puede superar. La Ley electoral venezolana contempla figuras como auditorías posteriores y posibilidad de impugnación de resultados en caso de que los candidatos consideren que existió alguna irregularidad en el proceso.
5.- Hasta el 2021. Los diputados que resulten electos este 6 de diciembre comenzarán su labor el día 5 de enero de 2016 y culmina en enero de 2021, de acuerdo con lo establecido en la Constitución.
La presidenta de UTE, Silvia Emaldi, dijo que "hubo un evento en la red de transmisión y se está trabajando para reponer el servicio, que ya está retornando paulatinamente"
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