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El informe de las organizaciones debe hacerse con base en la circular externa número nueve de la Superintendencia Solidaria
La Superintendencia Solidaria informó que, a partir de julio, las entidades cooperativas vigiladas y supervisadas por esta entidad deberán ajustar su balance social de acuerdo con la Circular Externa No. 09 Informe de Balance Social y Beneficio Solidario, informó Confecoop, liderado por Carlos Acero.
Según la circular, la Supersolidaria desarrolló una herramienta que incorpora elementos cuantitativos y cualitativos, los cuales permitirán que las entidades cooperativas reporten de manera más ágil los informes de balance social, soportados en los valores y principios de la Economía Solidaria. “La construcción de la herramienta requirió del conocimiento y experiencias compartidas por todas las organizaciones solidarias, parámetros de modelos sugeridos por referentes internacionales como la Alianza Cooperativa Internacional y de la metodología desarrollada por la Dgrv2, entidad con la cual se firmó un convenio de cooperación técnica para establecer un mecanismo de medición ajustado a las características propias del sector solidario”, publicó la Supersolidaria en un comunicado.
Cabe mencionar que la herramienta desarrollada consta de tres secciones: principios de la economía solidaria, indicadores del balance social y beneficio solidario.
Respecto a las fechas de entrega del balance correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año pasado, las organizaciones solidarias de primer nivel de supervisión lo realizarán en los primeros 20 días calendario de julio.
En cambio, las organizaciones solidarias de segundo y tercer nivel de supervisión deberán entregar el reporte durante los primeros 30 días calendario de julio.
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El Brent subió 2%, a US$61,8 el barril, mientras que el crudo estadounidense West Texas Intermediate avanzaba US$1,22, o cerca de 2,2%, a US$57,9