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Así funcionaría la devolución de saldos con la pensional.
Andrés Velasco, presidente del gremio, afirmó que las personas que no alcancen a pensionarse entrarían al pilar semicontributivo de la reforma
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Andrés Velasco, presidente de Asofondos, reveló que la reforma pensional traerá algunos cambios para las personas que lleguen a la edad de jubilación sin cumplir con las semanas de cotización para acceder a la pensión. El dirigente gremial dijo a La FM que el nuevo modelo modificará el esquema para algunos afiliados y el destino de los recursos acumulados durante las semanas. Ahora entraría a aplicar el pilar semicontributivo de la reforma.
Andrés Velasco ejemplificó que una persona de 60 años, afiliada a un fondo privado, con $120 millones ahorrados y 500 semanas cotizadas, recibiría una devolución de saldos bajo el actual esquema pensional. El dinero acumulado durante la cotización y los rendimientos serían devueltos al trabajador.
"Antes había una devolución de saldos; antes le hubieran devuelto sus $120 millones con los intereses recibidos hasta el momento en que cumplía la edad de pensión. Ahora le van a formar un auxilio que va a representarle un giro mensual", aseguró.
Por esta razón, la persona ejemplificada bajo las condiciones anteriores verá cómo sus recursos son trasladados a Colpensiones, a los cuales se les sumaría 20% para conformar una bolsa que genere un ingreso mensual durante el resto de la vida del cotizante.
Andrés Velasco explicó que una persona con entre 400 y 600 semanas podría recibir montos acumulados de entre $250.000 y $300.000 mensuales: este sería el beneficio otorgado por el pilar semicontributivo. El directivo añadió que, bajo estas condiciones, el sector deberá discutir el valor que recibirá el afiliado frente al capital que tenía acumulado.
Este cambio aplica solo para las personas que no cumplen con las condiciones para permanecer en el régimen de transición y aplican para las nuevas reglas de la reforma pensional. Asofondos aseguró que quienes sí apliquen para la transición estarán dentro de los parámetros de la Ley 100: las mujeres deben contar con 750 semanas cotizadas, mientras que los hombres deben contar con 900 semanas.
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