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Hacienda

Reforma Tributaria 2022


Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República

HACIENDA

Los cambios que tuvo el impuesto al patrimonio en la reforma tributaria

sábado, 8 de octubre de 2022

El Ministerio de Hacienda accedió a modificar la base gravable del patrimonio del valor intrínseco al valor histórico ajustado a la inflación

Luego de aprobarse en primer debate en el Congreso de la República, la reforma tributaria sigue generando dudas de a quiénes les aplicarán los nuevos impuestos. Uno de ellos es el de los patrimonios más altos, a los que se les ajustaron unas tarifas diferenciales dependiendo del tamaño del patrimonio.

Aunque el Ministerio de Hacienda ha dicho que los patrimonios que empezarán a pagar impuestos son los de más de $3.000 millones, según la fórmula del articulado, se indica que es a partir de los 72.000 UVT, es decir, $2.736 millones con la UVT actual ($38.004). Desde este punto de partida y hasta los $4.636 millones (122.000 UVT) pagarán una tarifa de 0,5%.

Esto no quiere decir que si usted tiene patrimonios por $2.800 millones tenga que pagar esta tarifa, ya que el proyecto contempla un beneficio sobre la casa o apartamento de habitación, permitiendo detraer de la base gravable un valor aproximado de $500 millones por concepto de estos bienes, por lo que en sí el piso gravable es de $3.200 millones.

La segunda tarifa es para los patrimonios de entre $4.636 millones y hasta $9.082 millones, que tendrán una carga fiscal de 1%. Y en los últimos debates se incluyó un tercer nivel para los patrimonios de más de $9.082 millones que tendrán una tarifa marginal de 1,50%.

Pero según quedó establecido en la ponencia de la reforma tributaria, solo aplicará de manera temporal por cuatro años (2023, 2024, 2025 y 2026). A partir del 2027, estará una fórmula distinta que apunta a 1% como tarifa marginal.

LOS CONTRASTES

  • Mauricio ReinaEconomista e investigador de Fedesarrollo

    “El impuesto de 1,5% sería temporal. Pero quisiera que me dijeran cuántas medidas anunciadas como temporales en una reforma tributaria se han desmontado”.

  • Cristina Stiefkendirectora de la Práctica de Impuestos en Cuatrecasas Colombia

    "La propuesta que hacía el gobierno de tomar el valor intrínseco implicaba, potencialmente, gravar con el impuesto al patrimonio a ingresos no realizados, es decir, ingresos que la misma sociedad podría nunca percibir".

“Aparentemente el impuesto de 1,5% será de manera temporal. Yo quisiera que me dijeran cuántas medidas anunciadas como temporales en una reforma tributaria en Colombia se han desmontado finalmente”, dijo Mauricio Reina, economista e investigador de Fedesarrollo.

Con base en la declaración de 2020, serían 38.098 los contribuyentes que pagarían este impuesto al patrimonio, que se distribuyen así: entre $2.700 millones y hasta $9.082 millones son 35.046 contribuyentes. Mientras que en el rango superior a los $10.000 millones hay 3.052 contribuyentes.

Cambio en la base gravable

El MinHacienda ajustó el impuesto al patrimonio para que su base gravable sea el valor histórico ajustado a la inflación y no el valor intrínseco, tecnicismo que preocupaba profundamente a los inversionistas porque aumentaba mucho su tributación.

Con esta modificación, la recaudación estimada para el próximo año bajó de $21,9 billones a $21,4 billones, una reducción de $500.000 millones.

El valor intrínseco de un patrimonio es el costo de todos los activos netos o el valor de la entidad que corresponde a cada acción, de acuerdo a la información que presenta la contabilidad, es decir la diferencia entre activos totales y todo el pasivo.

Esto implicaba que las inversiones que recibiera una empresa tenían que hacer parte del cálculo del patrimonio para pagar el impuesto que propone la tributaria, lo que limitaría los recursos para ejecutar los proyectos propios de dicha compañía.

"En efecto, mientras que el costo fiscal de las acciones corresponde al valor que se pagó para adquirirlas, el valor intrínseco comprende otra serie de cuentas, tales como las utilidades retenidas (si se tomara como base el patrimonio líquido, es decir el determinado para efectos fiscales) o las valorizaciones de los activos poseídos por la sociedad (si se toma como base el patrimonio contable)", explica Cristina Stiefken, directora de la Práctica de Impuestos en Cuatrecasas Colombia.

La experta tributaria agrega que "en todo caso, la propuesta que hacía el gobierno de tomar el valor intrínseco implicaba, potencialmente, gravar con el impuesto al patrimonio a ingresos no realizados, es decir, ingresos que la misma sociedad podría nunca percibir y que, por lo tanto, podrían nunca enriquecer al accionista que habría estado gravado con el impuesto al patrimonio".

Con el cambio al valor histórico ajustado a la inflación, se mantendrá el costo del patrimonio a través de la historia, ajustando el aumento de la inflación en dicho periodo. Es decir, si usted tiene una empresa desde hace 40 años y durante sus primeros años valía $10 millones, tendrá que ajustar ese valor con el aumento de la inflación para obtener la base gravable.

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