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EMPRESAS

Firmas por las que multaron a Pacific no son del grupo

sábado, 4 de febrero de 2012
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La Superintendencia de Sociedades dio inició hace un tiempo a un proceso de análisis e investigación de cerca de 600 empresas, particularmente del sector minero, petrolero y financiero, por la conformación de grupos empresariales. Por ello emitió una sanción a Glencore por $500 millones por no registrar cinco empresas, y una de $800 millones a Pacific Rubiales por no registrar ocho de sus compañías.

A pesar de dichas declaraciones, la petrolera emitió un comunicado explicando que no ha sido notificada de las multas de la Superintendencia de Sociedades que según se ha dicho, les han sido impuestas. Adicionalmente, Pacific Rubiales Energy recordó que es inversionista indirecto minoritario y que debido a esta figura de participación no ejerce ningún control sobre Inmobiliaria Pacinfra, la Sociedad Portuaria Puerto Bahía, Zona Franca Bahía de Cartagena, CI Jam Internacional, Norcarbon, Sociedad Portuaria Terminal de las Flores, ni de Proelectrica, por lo tanto no se trata de una serie de empresas que estén bajo el modelo de holding con esta firma como matriz, de las empresas agrupadas.De acuerdo con la información de registro ante la Cámara de Comercio, que fue compartida por la empresa a la opinión pública, Pacific Rubiales Energy solo controla CI Pacific Fuels.Por estas razones, afirman que no reconocen que la compañía haya sido sancionada con una multa de $800 millones como consecuencia del no registro de las ocho firmas.Recordó que toda la información de la compañía y sus inversiones está disponible en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia y la Bolsa de Toronto.Adicionalmente, la compañía informó que pusieron a disposición de la Superintendencia de Sociedades toda la información que es requerida para que realicen la investigación que fue anunciada el año pasado, y que la entrega de los datos se hizo de manera voluntaria. Así mismo, dio a conocer que le pedirá a la entidad gubernamental, a través de un derecho de petición, que se pronuncie sobre la existencia del grupo económico y que utilice los mismos medios para informar su decisión. Mónica Parada Llanes

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