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Firmas en carteles no están obligadas a bajar sus precios

sábado, 16 de abril de 2016
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María Camila Suárez Peña

“Mientras estemos en una economía de mercado y el precio lo tengan que fijar la oferta y la demanda, no hay ninguna posibilidad de que las autoridades puedan fijar un precio, eso solo se puede hacer en sectores regulados como el de la energía eléctrica o la telefonía”, comentó Gabriel Ibarra, socio de Ibarra Abogados y experto en competencia.

Entonces, la máxima sanción que podrían acarrear las compañías es una multa que podría ser de hasta 100.000 salarios mínimos (más de $68.900 millones) y que sería puesta por la Superintendencia de Industria y Comercio, entidad que investiga el caso y que no puede tomar medidas de imposición de precios a los implicados.

Las organizaciones, que son las líderes en participación de los negocios de papel higiénico, servilletas, pañuelos para manos y cara y toallas de cocina, reúnen 20 marcas: Familia; Kleenex, Scott, Regio y Lilola (de Kimberly); Súper Suplex, Suave, Rosal, Favorito, Joya, Sedita (de Papeles Nacionales);  Súper Blanko, Súper Ola, Súper Popular, Ritz, Popular y Primor (de Cartones y Papeles de Risaralda); y Noble y Elite (de Drypers). 

“En las reuniones que hacíamos, hablábamos y se definía, vamos a subir papel higiénico un 5%, toallas de manos un 3%, servilletas un 1%, bueno, lo que fuera. Cada compañía se iba con eso... era un marco de referencia para que cada uno pudiera negociar con sus clientes”, dijo en una de las declaraciones María Carolina Arenas Aristizábal, citada como gerente de la división institucional de Familia en el informe motivado del caso presentado por Jorge Enrique Sánchez, superintendente delegado para la Protección de la Competencia.

En otro correo, con fecha de 31 de agosto de 2001, enviado por Aristizábal a Jaime Ignacio López Betancur, citado como gerente nacional de ventas de KCP de Kimberly, se establecen los compromisos de precios: papel higiénico blanco, de entre 28 y 32 metros, $26.500; papel higiénico natural, de entre 22 y 25 metros; $14.500; servilleta cuadradas, $24.000; y servilleta partida $24.000. 

LR consultó en cadenas de retail el precio actual que tienen  estos productos y encontró que su variación desde ese entonces y hasta ahora no es significativa a la baja. Por dar algunos ejemplos: Familia, paquete de 30 rollos de la referencia Acolchamax, vale $22.050; Elite, de seis rollos, $8.320; Rosal, referencia plus de 15 rollos, $19.450; y Suave de 18 rollos y referencia gold, $28.050.

“Los estudios sobre el impacto económico de la fijación de precios a escala mundial se hacen después de desmantelados y sancionados los carteles empresariales. Los resultados de esos informes demuestran que los precios para el consumidor suben entre 15% y 60% y que el promedio está en 30%. Entonces, si hay un cartel es apenas lógico que, una vez desmantelado el cartel y recuperado el ambiente competitivo, los precios deban bajar para que se ajusten a los precios fruto de la libre competencia”, señaló Pablo Felipe Robledo, superintendente de Industria y Comercio.  

Opciones para los consumidores
A pesar de que las autoridades no pueden obligar a las empresas implicadas en carteles a bajar los precios de sus productos, las personas afectadas sí tienen otras opciones legales para reclamar sus derechos como consumidores. Primero, es necesario revisar si el cartel tuvo efectos negativos en el mercado o si no hubo incidencia en los precios.  También está la opción, por ejemplo, de que haya terminado hace algún tiempo, por lo que las formas de actuar dependen de las condiciones.

“Los consumidores pueden hacer una acción de grupo. Tendrían que probar que en el caso hubo ganancias ilícitas y, con base en eso, pueden pedir que se les indemnicen los perjuicios y que se les devuelva el dinero. Sin embargo, eso tendría que ser resultado de un juicio en el que haya pruebas concretas y específicas”, dijo el abogado Ibarra.

¿Cómo actuaba el cartel? 
 Los acuerdos para fijar precios eran parte de una serie de acciones en las que las empresas concordaban para llevar a cabo su estrategia. Entre ellas, y según demostró el informe motivado entregado por el superintendente delegado, está la definición del manejo de descuento con los distribuidores, evidenciada mediante un acta de una reunión llevada a cabo en noviembre de 2001, en la que  dice: “se define cómo se manejarán los descuentos con los distribuidores: 18%, 20% 22%, distribuidor tipo C, B y A, respectivamente”. Y además: “se define la necesidad de compartir con el equipo el mal funcionamiento del distribuidor, con el fin de que todos estemos sincronizados”.

En el informe también se observa la vinculación de empresas a medida que representaban una amenaza y la utilización de nombres fachada para referirse a las compañías: ‘Kiosko’ era Kimberly, ‘Feos’ era Familia; ‘Pitufos’ era Papeles Nacionales; y ‘Rosas’ era Cartones y Papeles de Risaralda. Además, a medida que ingresaban nuevos empleados a las empresas, se les contaba sobre el acuerdo durante su respectivo proceso de inducción.  

¿Qué han dicho las empresas implicadas?  
Las únicas empresas que se han manifestado frente al caso han sido Familia y Kimberly. La primera de ellas pidió perdón recientemente expresando que “reconoce plenamente los errores que cometieron en el pasado algunos de sus directivos y otros empleados y acepta su responsabilidad. Estos errores no reflejan el origen de la compañía ni sus logros alcanzados a lo largo de más de cinco décadas”. Y Kimberly indicó que seguirá prestando “total y absoluta cooperación” al proceso en marcha. 

Las opiniones

Pablo Felipe Robledo
Superintendente de Industria y Comercio 

“Es lógico que desmantelado el cartel y recuperado el ambiente competitivo, los precios bajen para que se ajusten a libre competencia”.

Gabriel Ibarra
Abogado experto en competencia
“Mientras estemos en una economía de mercado y el precio lo fijen la oferta y la demanda, las autoridades no pueden establecer un precio”.

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