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COMUNICACIONES

Claro y Movistar tienen en riesgo 30% de sus ventas luego del fallo de reversión

jueves, 27 de julio de 2017

Las empresas se pronunciaron por medio de comunicados, y afirmaron que estudiarán la medida para tomar las respectivas acciones legales

El sector de las telecomunicaciones después de venir de una afectación por el incremento del dólar, nuevamente está en la cuerda floja como resultado de una de las sanciones más grandes falladas a favor del Estado colombiano.

Una demanda interpuesta por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), y aprobada por el Tribunal de Arbitramento, fue la causante de que las multinacionales Comunicación Celular S.A. Comcel S.A y Colombia Telecomunicaciones S.A., es decir, Claro y Movistar, deban pagar $4,7 billones, cifra que representa una tercera parte de los ingresos de las compañías en 2016 ($16,1 billones).

¿Qué significa para estas compañías el fallo? Mientras que para Claro (Telmex y Comcel) los $3,1 billones que debe pagar corresponde a tres veces su utilidad del año pasado ($1,06 billón) es, además una cuarta parte de sus ventas que alcanzaron los $11,23 billones.

El caso de Movistar es aún peor pues la entidad tendrá que desembolsar $1,6 billones que frente a los resultados financieros del año pasado significaría una afectación importante a las cuentas. Según las cifras de la Supersociedades, Movistar logró ingresos por $4,87 billones el año pasado, es decir que la multa sería 30% de dicho valor.

Si se mira el tema por utilidades, la situación se agrava pues la empresa registró pérdidas por $341.265 millones en 2016 lo que significa que tendría no solo que dejar de perder sino tener utilidades por más de $1 billón para no afectar su caja.

Además de estos números rojos en los resultados financieros a Movistar se suma la decisión tomada, hace un mes, por la Cámara de Representantes de aprobar la capitalización de Coltel de la cual 68% corresponde a la empresa de origen español Telefónica y 32% restante es del Estado, por lo que vale preguntarse de ¿dónde sacará el dinero? y si el Estado como accionista también pondría una parte del monto.

LOS CONTRASTES

  • David LunaMinistro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

    “Desde el primer contrato en 1994 se estipuló que traían cláusulas de reversión, por lo que están equivocados quienes dicen que las reglas del juego cambiaron”.

  • Guillermo CaezSocio de Caez Gómez & Alcalde

    “Se debe aclarar que esta no es una multa, sino es producto de un laudo arbitral de un un litigio que se dio entre MinTIC y las empresas Claro y Movistar”.

  • Luis Fernando MartinDocente MBA de Eafit

    “Uno de los puntos en los que estas dos empresas deberían trabajar es en recobrar esa confianza y retornar ese propósito estratégico con sus clientes”.

Pero estos líos viene de tiempo atrás ya que en 2013 la SIC también decidió interponer una multa a Comcel S.A. ya que la empresa abusó de su posición dominante en el mercado y obstruyó el acceso de terceros canales de comercialización.

Histórico del lío judicial

Esta guerra jurídica tiene un pasado de más de 20 años. Su fecha de inicio se puede ubicar en marzo de 1994 cuando el país entregó seis contratos de concesión de telefonía móvil celular, que luego se consolidaron en cabeza de dos operadores, con una duración de 10 años, plazo que se prorrogó hasta 2014.

El ministro de las TIC, David Luna, afirmó para LR que desde ese momento “los contratos traían cláusulas de reversión motivo, por lo que quienes afirman que se están cambiando las reglas del juego están equivocados. Desde el principio se dijo que la reversión en estos contratos aplicaba en los mismos”.

Aunque cuatro años más tarde se expidió la Ley 422 en la que se definió que en estos contratos se revertirían al Estado las frecuencias radioeléctricas asignadas, Luna manifestó que después de que la excontralora Sandra Morelli demandara ante la corte las dos leyes, la Corte en 2013 afirmó que “las leyes se ajustan a la constitución, pero nunca los contratos del 94 habían sido modificados, por lo que la reversión se encontraba vigente”.

Después de dos años en el gobierno del exministro Diego Molano en el que no se llegó a acuerdos, el MinTIC convoca el Tribunal de Arbitramento en donde junto con Claro y Movistar, según Luna “se llega a un mutuo acuerdo y escogemos los árbitros y tanto ellos como nosotros pagamos sus honorarios”.

Por lo que en conclusión los dos operadores aceptaron la jurisdicción del tribunal que fue fallado por los árbitros Juan Pablo Cárdenas, María Teresa Palacio y Jorge Pinzón Sánchez como aclaró Luna.

¿Cuáles son las salidas?

Después de conocer las posturas de las empresas en donde manifestaron que “tomarán las acciones legales nacionales e internacionales correspondientes, en defensa de sus legítimos intereses, los de sus trabajadores, usuarios y accionistas”, Guillermo Caez, socio de Caez Gómez & Alcalde, manifestó que ningún Tribunal de Arbitramento en Colombia tiene segunda instancia, por lo que “lo único que le queda en recursos es buscar una causal de anulación que se tramita ante el Consejo de Estado o, si se encuentra una violación en el proceso, se puede intentar una tutela”.

Lo que se contempla dentro de la reversión
Dentro del contrato de 1994 según el ministro Luna estaba contemplada la reversión tanto de torres como cables de las empresas de telecomunicaciones, pero según afirmó “como no es lógico que devuelvan todo porque se quedarían sin operar, el tribunal lo que dice es pague el dinero correspondiente a estos bienes”. Para Luna este es un proceso que tiene que seguir adelante “hay instancias pendiente motivo por el cual es difícil señalar temas adicionales, pero es un proceso que tiene temas y recursos pendientes”.

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