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ECONOMÍA

Renta a personas naturales ha avanzado 5 puntos en 30 años

viernes, 28 de octubre de 2016
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Mario Chaves Restrepo

En el capítulo “Historia de las reformas tributarias en Colombia” del libro Fundamentos de tributación, Alfredo Lewin explica que en 1963 apareció la retención en la fuente para los salarios de las personas naturales y luego, en 1974, se modificó el sistema de exenciones personales y se crearon los impuestos a las remesas y a las ganancias ocasionales.

Pese a las “contrarreformas” de finales de los 70’s, en 1985 el gobierno de Belisario Betancur le quitó la obligación de declarar a la mayoría de los asalariados y en 1986 se hizo una nueva reforma con la que la tarifa máxima para el cobro del impuesto de renta a las personas naturales subió a 30% y el umbral se estableció de tal manera que 96% de los colombianos quedaron exentos.

En 1994, la Ley 174 creó una renta exenta de 30% para los pagos laborales, y el gobierno del presidente Ernesto Samper limitó los descuentos por aportes a salud y pensión a 20%.

A comienzos de este milenio, en 2002, en el gobierno de Álvaro Uribe revivió el impuesto al patrimonio, y aunque se dijo que sería por única vez, volvió a aparecer en las reformas de 2007 y 2009.

Finalmente, en el gobierno del presidente Juan Manuel Santos el impuesto de renta de las personas naturales dio un giro con la aparición del Iman e Imas en 2012 y hace dos años, nació el impuesto a la riqueza. El proyecto que actualmente cursa en el Congreso pretende elevar la tarifa máxima del gravamen de renta a las personas naturales a 35%, eliminar el impuesto a la riqueza y los sistemas Iman e Imas. 

¿Qué establecían el Iman y el Imas?
La reforma tributaria de 2012 creó los sistemas  Iman e Imas para la declaración de renta de las personas naturales. Con eso, la idea era clasificar a las personas de acuerdo con sus actividades y sus ingresos y ajustar la tributación. Así, por ejemplo, si usted era un empleado con renta gravable alternativa inferior a 4.700 UVT, podía escoger entre el sistema Iman, Imas o el sistema ordinario para declarar; si usted era un asalariado con ingresos superiores a las 4.700 UVT, podía elegir entre el sistema ordinario o el Iman; si usted era considerado un trabajador por cuenta propia, con ingresos inferiores a 27.000 UVT y patrimonio líquido inferior a 12.000 UVT, podía elegir entre el Imas y el sistema ordinario, y si usted era trabajador por cuenta propia e incumplía alguna de las dos condiciones antes mencionadas, solo podía declarar con el sistema ordinario. Si usted no era empleado o trabajador por cuenta propia, solo tenía el sistema ordinario. 

Glosario 

Rentas de trabajo: son aquellas que las personas obtienen de su salario, gracias al trabajo en alguna entidad.

Rentas de capital: son aquellas que las personas obtienen gracias al rendimiento de factores de producción diferentes al trabajo.

Salud y pensión: los aportes que los trabajadores hacen a salud y pensión históricamente han sido excluidos de la base gravable de la que se cobra el impuesto de renta.

Impuesto a la riqueza: fue creado en 2014 con la reforma de ese año y será eliminado con el proyecto de Cárdenas.

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