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Este reglamento permitirá que los usuarios puedan escoger libremente a su operador de servicios de telecomunicaciones (internet, TV digital y telefonía), y no estar limitados a contar sólo con servicios de un único proveedor.
La adopción de este nueva fecha, dada a través de la Resolución CRC 4741 de 2015, obedeció a la incorporación de nuevas modificaciones al reglamento, relacionadas con ajustes en las especificaciones técnicas del cableado y de la obra civil de las redes internas de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal.
Siendo así, se brindará un tiempo adicional para que operadores, constructores y otros agentes involucrados realicen las adaptaciones requeridas para una adecuada implementación de esta norma.
Por último, se debe tener en cuenta que para los inmuebles ya construidos la aplicación del reglamento es de carácter voluntario y será la comunidad de propietarios la que decidirá su implementación.
Ritel rige para las nuevas edificaciones que estén sometidas al régimen de propiedad horizontal y que soliciten licencias de construcción como obra nueva a partir de la entrada en vigencia del mismo.
El proyecto fue agendado en todas las sesiones de esta semana, pero solo se avanzó con la eliminación de 129 impedimentos
El presidente de la compañía, Ricardo Roa, mencionó que el proyecto es importante para la seguridad energética, y acudirá a la impugnación para la reactivar las operaciones
El Dane mencionó que el comportamiento obedeció principalmente al aumento del 18% en las importaciones en el sector de manufacturas