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LABORAL

Protección a comunidad Lgbtiq+, entre los cambios en el borrador de reforma laboral

lunes, 13 de marzo de 2023

Hoy se instaló la Comisión Permanente de Políticas Laborales y Salariales para discutir el documento antes de radicarlo ante el Congreso

Hoy se instaló la Comisión Permanente de Políticas Laborales y Salariales, en la que las tres partes, gremios, centrales obreras y el Gobierno, discutirán las propuestas de reforma laboral y pensional, antes de radicarlas ante el Congreso.

La República conoció el nuevo borrador de la reforma laboral que llega a la Comisión, que pasará a concertación y que ya presenta algunos cambios frente al primer documento que entregó el Ministerio de Trabajo.

Para llegar a formalizar el documento que se radicará esta semana, el 16 de marzo, ya se sostuvieron 16 reuniones entre el Gobierno Nacional, sindicatos y gremios.

Este nuevo documento consta de un total de 73 artículos. Los puntos clave siguen siendo el aumento en recargos nocturnos y horas extra, la vinculación de trabajadores de plataformas digitales a seguridad social, la formalización del empleo rural y una mayor estabilidad laboral.

Sin embargo, en esta tercera propuesta se presentaron algunos cambios respecto al primer borrador. Principalmente, el documento excluye el principio de "Condición más beneficiosa", el cual podría crear un panorama de inestabilidad jurídica, según los expertos.

"La condición más beneficiosa lo que permitía era que se le aplicara al trabajador cualquier norma, aun cuando hubiese sido derogada. Así, uno podía buscar la norma que resultase más favorable a los intereses. Esto impedía que el empleador supiese qué norma aplicaba y que pudiera costear al trabajador", explicó Juliana Morad, directora del Departamento de Derecho Laboral de la Universidad Javeriana.

Otros de los cambios importantes que se dio respecto al primer borrador es que el empleado ya no puede escoger entre el reintegro y la indemnización en caso de despido sin justa causa. Ahora, solo se deberá realizar una indemnización como se establece en el artículo 64 del proyecto.

"En los contratos a término fijo, la indemnización corresponderá al valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato o el de su prórroga. En ninguno caso la indemnización será inferior a cuarenta y cinco días de salario", se lee en el documento.

El proyecto presentado en la Comisión también abre la posibilidad a que el despido de grupos protegidos también se pueda dar por trámite administrativo, por medio de un inspector de trabajo. En el primer proyecto solo se tenía en cuenta el mecanismo de proceso judicial.

"A quienes cumplen funciones de intermediación, ya no se les obliga a vincular mediante contratos. Antes se obligaba a contratar al beneficiario directamente y mediante un contrato de trabajo, lo que afectaría a las empresas dedicadas a la intermediación", dijo Morad.

En cuanto a las jornadas, para las personas que tienen responsabilidades de cuidado en sus hogares, ahora se establece de manera voluntaria el pacto de una jornada flexible.

Respecto a temas de inclusión, en el proyecto final se tiene en cuenta la protección expresa al grupo Lgbtiq+. Se pretende eliminar cualquier tipo de barrera de acceso o permanencia que incentive la colocación sin ningún tipo de discriminación, teniendo en cuenta, además, a comunidad étnicas y otros grupos en condición de vulnerabilidad.

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