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HACIENDA

Prestadores de servicios en el exterior podrán declarar impuesto de IVA

viernes, 26 de octubre de 2018

José Andrés Romero, director de la Dian, realizó su primera presentación pública ayer en el Congreso Nacional de Exportadores. La república/Pierre Ancines

El impuesto se pagará de una manera bimestral.

Noelia Cigüenza Riaño

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer que expidió los mecanismos que permitirán la declaración y el pago del IVA para los prestadores de servicios desde el exterior.

De este modo, cuando estos prestadores facturen sus servicios en dólares o en otras monedas diferentes al peso deberán consolidar los ingresos generados por el servicio y el IVA facturado para después convertirlos a la moneda local.

En estos casos, según la información de la Dian se tendrá en cuenta la tasa de cambio representativa del mercado (TRM) vigente el día de presentación de la declaración, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

La Dian también indicó que los operadores deberán presentar la declaración del IVA y pagar el impuesto de una manera bimestral y que el proceso se hará a través de un formulario que se prescribirá para tal fin.

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