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Natalia López Fuentes, ministra de Trabajo
La cartera señaló que una circular puede orientar o impartir instrucciones, pero no crear nuevas obligaciones con efectos jurídicos
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El Ministerio de Trabajo, liderado por Natalia López Fuentes dejó sin efectos 11 circulares expedidas durante el gobierno anterior, al considerar que algunas de ellas establecieron obligaciones, procedimientos o criterios que excedían el alcance que puede tener este tipo de documentos.
La decisión quedó contenida en la Resolución 2708 de 2026, en la que la cartera revisó las circulares bajo criterios como competencia, reserva de ley, debido proceso y jerarquía normativa.
El Ministerio señaló que una circular puede orientar o impartir instrucciones, pero no crear nuevas obligaciones con efectos jurídicos.
Entre los documentos revisados está la Circular 0032 de 2026, relacionada con libertad sindical y permisos sindicales. Según la resolución, allí se incluyeron conductas y consecuencias que no podían establecerse de manera autónoma mediante una circular.
Por su parte, también quedó sin efectos la Circular 0040 de 2026, sobre jornada laboral y horas extras en el sector de vigilancia privada. El Ministerio cuestionó la interpretación que se hizo de las excepciones previstas en la legislación laboral.
Otro de los casos corresponde a la Circular 0049, relacionada con la terminación de contratos de trabajadores con estabilidad laboral reforzada. La resolución señala que el documento establecía requisitos, etapas y criterios para un procedimiento que no podía ser creado únicamente a través de una instrucción interna.
La revisión también alcanzó lineamientos sobre trabajo en plataformas digitales, negociación colectiva, trabajo doméstico, reforma laboral y jornada laboral.
En el caso del trabajo doméstico, el Ministerio cuestionó una disposición relacionada con el ingreso de inspectores a domicilios, al considerar que una circular no puede crear excepciones a la inviolabilidad del domicilio.
Con la Resolución 2708, el Ministerio busca que las circulares cumplan su función de orientar y coordinar la actuación administrativa sin convertirse en normas que creen obligaciones o facultades que requieren respaldo constitucional o legal. La medida deja sin efectos hacia adelante los documentos incluidos en la revisión.
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