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HACIENDA

La Dian amplió el plazo para implementar el anexo 1.8 de la factura electrónica

lunes, 2 de agosto de 2021

El primer calendario de los cuatro esperados para la masificación de la factura electrónica, se movió del 10 de octubre al 29 de octubre

Rubén Darío Ocampo Camargo

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) emitió la resolución 063 con la cual cambió la fecha de habilitación para el anexo 1.8 de factura electrónica que contiene los eventos para título de valor, entre otros.

El documento indica que se debe adoptar el anexo técnico del documento soporte de adquisiciones a sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente a partir del 31 de enero de 2022; la fecha se cambió, ya que en un principio se estimaba agosto de 2021.

"Teniendo en cuenta las solicitudes de contribuyentes para ampliar el plazo para poder continuar realizando pruebas de funcionalidad, se dispuso que el servicio de factura electrónica con la versión del anexo técnico 1.8 estará disponible el próximo 18 de agosto", agregó la entidad.

Respecto de las funcionalidades para habilitación, generación, transmisión, validación de los servicios 'Radian' y nómina electrónica, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales explicó que la mencionada anteriormente estará disponible en la misma fecha. " Por tanto, sólo a partir de ese día, los responsables deben iniciar las actividades de habilitación de los softwares para transmitir a validación los documentos de estos servicios", agregó.

La Dian recalcó que aquellas personas que realicen las actividades de habilitación en el servicio informático de la entidad, para 'Radian' y nómina electrónica, antes de la nueva programación, tendrían que volver a realizarlas a partir del 18 de agosto.

Finalmente, desde la entidad señalaron que el primer calendario de los cuatro esperados para la masificación de la factura electrónica, se movió de 10 de octubre a 29 de octubre.

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