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Todo por cuenta de la decisión de incluir en el fallo la petición del Ministerio de Hacienda sobre la sostenibilidad fiscal del país. La historia arranca en agosto de 2015 cuando el Alto Tribunal declaró la exequibilidad de los artículos 3, 4 y 7 y la exequibilidad condicionada del artículo 10 (parcial) de la ley 1607 de 2012. En dicha providencia, la Corte indicó que “el cálculo de la renta gravable alternativa para empleados, obtenida en virtud de los sistemas Iman - Imas, permite la sustracción de las rentas de trabajo exentas, en los términos previstos por el artículo 206 No.10 (sic), primera frase del Estatuto Tributario”. Es decir que a partir de 2016, los contribuyentes podrían hacer efectiva dicho beneficio.
Desde París, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que en esta oportunidad -por primera vez- se ha hecho uso efectivo del instrumento del incidente de impacto fiscal.
“Es muy positivo que la Corte Constitucional en el día de hoy haya aceptado los argumentos del Ministerio de Hacienda, al presentar un incidente de impacto fiscal que buscaba diferir por un año las modificaciones establecidas por la Corte en el Iman e Imas-PE”, afirmó el titular de la cartera. Y agregó que “el plazo adicional de un año va a permitir que el Gobierno Nacional pueda hacer los ajustes necesarios a través de una próxima Reforma Tributaria sin que se menoscabe la sostenibilidad fiscal de la Nación”.
El ministro de Hacienda destacó que con esta decisión se logra un objetivo importante al hacer que los fallos de la Corte Constitucional tengan una adecuada coherencia con la sostenibilidad fiscal del país.
“El Imas e Iman fueron diseñados para que quienes tienen mayores ingresos en el país, contribuyan más. El principal argumento del Ministerio de Hacienda fue demostrar que la sentencia expedida en 2015 beneficiaba a 8% de los hogares más ricos en Colombia e iba en contra de la política de equidad del Gobierno. Seguiremos insistiendo”, anotó.
Pero otra visión también ha generado un debate entre los tributaristas del país por cuenta de la complejidad que trajo al sistema tributario la implementación del Iman.
Para el exdirector de la Dian, Gustavo Cote, se espera que en próxima reforma tributaria se revisen todos los esquemas de tributación, entre los que se incluye los sistemas alternativos de renta. “En esa discusión se debe aprobar si se mantiene o no la exención de 25% sobre la renta. En mi opinión, lo más conveniente para la tributación de Colombia es eliminar estos dos sistemas alternativos para facilitar los trámites al contribuyente”.
No hay que olvidar que en las recomendaciones hechas por la comisión de expertos tributarios se planteó la simplificación del sistema tributario. Fuentes gubernamentales le dijeron a LR que en el articulado se tiene contemplado incluir los ajustes al sistema de declaración de renta.
La opinión
Gustavo Cote
Exdirector de la Dian
“En esta reforma tributaria se debe determinar si se sigue aplicando o no esa exención que aplazó la Corte. Lo mejor será simplificarlo”.
La entidad adicionó que 14.800 contribuyentes presentan saldos en mora que suman más de $3,4 billones, y dentro de esta franja hay personas a las que se les otorgaron facilidades de pago
Los departamentos más afectados son Tolima (61 casos), Putumayo (7 casos), Nariño (2 casos), Caquetá (2 casos), después están Huila, Cauca, Caldas, Meta y Vaupés
La cartera participará entre el 21 de abril y el viernes 26; el ministro Germán Ávila-Plazas liderará la representación del país en la reunión