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Las instituciones deben realizar diariamente (antes y después de finalizar cada jornada académica) labores de limpieza y mantener registro exhibido
A través de la Resolución 1721 de 2020, el Ministerio de Salud emitió los protocolos de bioseguridad para las instituciones educativas, de educación superior y las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano en medio de la pandemia.
En principio, la cartera estipuló que, en materia de adecuaciones, estos espacios deben suministrar alcohol glicerinado mínimo a 60% y máximo a 95%; contar, en la medida de lo posible, con baños dotados con papel higiénico, agua, dispensador de jabón y toallas desechables para las manos; garantizar la circulación natural del aire y en los espacios cerrados contar con ventilación.
Además, garantizar el distanciamiento social en un metro por personas para las aulas y dos metros en restaurantes, baños, pasillos y filas.
Señalar rutas de ingreso y salidas, y ubicar contenedores con tapa (preferiblemente pedal) y bolsas para la separación de residuos, entre otras medidas.
En cuanto a medidas de limpieza y desinfección, las instituciones deben contar con un protocolo de aseo; realizar diariamente (antes y después de finalizar cada jornada académica) labores de limpieza; y mantener un registro exhibido de las mismas.
A continuación podrá descargar la Resolución 1721 de 2020 con todas y cada una de las medidas emitidas por el Ministerio de Salud.
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