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ECONOMÍA

Esal no han sufrido grandes cambios en tres tributarias

viernes, 28 de octubre de 2016
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Carlos Eduardo González

A pesar de que el Gobierno del presidente Juan Manuel Santos ha presentado tres reformas tributarias, incluida esta, las entidades sin ánimo de lucro no han sufrido muchos cambios en lo que les respecta en términos impositivos.

“Me parece muy razonable que las Esal que cumplan un objetivo meritorio sean objeto de un tratamiento fiscal diferencial en el que no queden gravados sus beneficios netos”, aseguró Juan Guillermo Ruiz, socio fundador de Posse Herrera Ruiz, en relación al trato que han venido recibiendo estas entidades por muchos años.

En la reforma de 2012 se reiteró que las entidades sin ánimo de lucro no podrían exceder  30% del gasto total anual “para remunerar, retribuir o financiar cualquier erogación” y, tenían que reinvertir la totalidad de sus excedentes en su objeto social, cuestión que no cambia con el nuevo proyecto, que debería estar aprobado antes de que se acabe el año.

Por otra parte, la ley 1604 de 2014 establecía que las entidades sin ánimo de lucro “no serán sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta para la Equidad”, es decir, que no debían pagar este impuesto y señalaba que estos entes seguían “obligados a realizar los aportes parafiscales y las cotizaciones”.

En ambas normas se mantuvo que las Esal deberían registrarse ante una alcaldía y que, para pertenecer al régimen especial en el RUT debería quedar definido de esta manera, luego de cumplir con lo estipulado en el artículo 19 del Estatuto Tributario.

Una de las cosas que cambian con este proyecto es que las Esal ahora se tienen que registrar en una cámara de comercio y ante la Dian; además, también cambia que 20% del excedente de las cooperativas y mutuales ya no irá a la educación formal sino directamente al Estado. 

Educación perdería 20% del aporte de las cooperativas

Aunque aún falta que se defina la suerte de la reforma tributaria en el Congreso de la República, varios expertos consultados por LR opinan que 20% de lo que tributan las cooperativas y las mutuales sobre el beneficio neto debería seguir siendo destinado a invertirse en educación formal, como lo ha sido durante muchos años.   A pesar de que el nuevo proyecto no especifica a qué se va a destinar ese recaudo, los expertos coinciden en que ya no irá destinado hacia la educación, sino directamente al Estado, por lo tanto, esperan que la regla se mantenga como ha venido funcionando hasta el momento, puesto que en los últimos años se han venido tributando más de $70.000 millones anuales a este sector. Solo en 2015 se invirtieron $87.000 millones aproximadamente, que sirvieron para rubros como dotación, construcción y reparación de aulas, útiles, uniformes, transporte, infraestructura, canasta educativa, becas, subsidios a las matriculas, subsidios para manutención y otros, que ya no recibirán estos recursos. 

Glosario

Reforma: se entiende por un cambio moderado o estructural sobre alguna situación que se haya sido definida anteriormente.

Tributo: son los impuestos que se le imponen a las personas u organizaciones y que cobra el Estado para poder financiarse y cumplir con sus objetivos de gasto público.

Sin ánimo de lucro: son entidades que se dedican a lograr un objeto de interés social, en vez de perseguir un interés económico. 

Mutuales: son personas jurídicas sin ánimo de lucro que buscan ayudarse recíprocamente. 

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