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La disposición, que está contemplada en el decreto 575 de 2013, vuelve a regir a partir del martes 12 de enero y es para todos los vehículos particulares.
De acuerdo con el decreto 575, “la restricción de pico y placa no aplicará desde el día hábil siguiente al 25 de diciembre de cada año, hasta el viernes hábil antes del descanso ordenado por la Ley para la festividad correspondiente al 6 de enero del año siguiente”.
La suspensión temporal del pico y placa se debe a que para esas fechas el número de personas que viajan fuera de la ciudad aumenta y se registra menor flujo vehicular en la capital del país.
La Secretaría Distrital de Movilidad será la encargada de coordinar sus acciones junto con la Policía Metropolitana de Tránsito.
La ley estatutaria regulará el derecho a la educación, fortalecerá la institucionalidad y garantizará la educación digna y de calidad
Se reportó que durante el mes de marzo se ubicó en $622.31 frente a los $573.22 que se comercializó durante el mes de febrero
En medio de la discusión de la reforma pensional, que daría el manejo del fondo de ahorro de las personas al Banco de la República, surgen dudas sobre la futura independencia