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Edwin Palma, ministro de Minas y Energía
La cartera advirtió que la situación podría poner en riesgo el suministro de combustible en Nariño, y derivar en sanciones
El Ministerio de Minas y Energía abrió un procedimiento administrativo sancionatorio contra Ecopetrol por el presunto incumplimiento del plan de abastecimiento de diésel en Nariño. La cartera advirtió que la situación podría poner en riesgo el suministro de combustible en el departamento y derivar en sanciones contra la compañía.
"El Ministerio de Minas y Energía informó que iniciará proceso administrativo sancionatorio y formulará pliego de cargos contra Ecopetrol por el incumplimiento de la resolución 01853 de 2024 que determina el plan de abastecimiento del Nariño", se lee en el documento.
Y también se hace referencia al "incumplimiento de las resoluciones 00148 y 00208 de 2026 mediante las cuales se reglamenta y se habilitó el traslado del diésel de producción nacional desde la refinería de Cartagena por vía marítima hacia la planta de abastecimiento de San Andrés de Tumaco".
Cabe resaltar que un procedimiento administrativo sancionatorio es un mecanismo legal mediante el cual una autoridad estatal investiga posibles incumplimientos de normas por parte de personas o empresas bajo su vigilancia. Garantiza el derecho a la defensa y al debido proceso, permitiendo a la entidad presentar descargos, aportar pruebas y controvertir las acusaciones antes de que la administración adopte una decisión.
En este contexto, la Resolución 01853 de 2024, la cual fijaba el plan de abastecimiento para Nariño, es clave en el proceso que adelanta el Ministerio de Minas y Energía, pues define de manera detallada cómo debe garantizarse el suministro de combustibles en los municipios fronterizos del departamento.
La norma establece que el refinador debe entregar el diésel en la malla de refinería, en Cartagena o Barrancabermeja, o en puertos autorizados, y que los distribuidores mayoristas son responsables de transportarlo por el sistema nacional de poliductos hasta plantas como Yumbo, Cartago o Buenaventura.
Además, para el caso específico de Nariño, el esquema fijado en dicha resolución contemplaba que el producto sea llevado hasta la planta no interconectada ubicada en la Sociedad Portuaria Regional Tumaco, Pacific Port S.A., donde debe realizarse la remarcación como combustible de zona de frontera.
Este punto es particularmente relevante, ya que cualquier incumplimiento en la entrega, transporte o remarcación bajo este esquema podría afectar directamente el abastecimiento en el departamento y constituir la base de los cargos formulados contra Ecopetrol dentro del procedimiento administrativo sancionatorio.
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