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ENERGÍA

El CGN dice que Decreto 044 de 2024 genera incertidumbre para la actividad minera

viernes, 15 de marzo de 2024

Bruce Mac Master, presidente de la Andi y del CGN, donde se presentaron inquietudes por el Decreto 044 de 2024

Foto: Andi

En las preocupaciones del Consejo destacan baja inversión e impacto en el desarrollo económico, el empleo, pago de impuestos, etc.

El Consejo Gremial Nacional, CGN, liderado por Bruce Mac Master, expresó inquietudes frente al Decreto 044 de 2024, expedido a finales de enero, y mediante el cual se establecen criterios para declarar y delimitar reservas de recursos naturales de carácter temporal en el marco del ordenamiento minero-ambiental”.

En las inquietudes están las consecuencias que puede traer esta medida, dentro de las que el CGN destacó, por un lado, el desestímulo a la inversión en las regiones, con un impacto en las oportunidades de empleo y su desarrollo.

"En este escenario ningún proyecto, indistintamente del tamaño y mineral podrá recibir autorización para desarrollar actividades en las áreas temporales que se definan", se lee en el documento compartido por la entidad.

En línea con ello dijeron que sorprende que no se considere el impacto en el desarrollo económico y social de las regiones, que causará la creación de estas áreas, "pues no solo se verán afectados los proyectos mineros, sino todos los encadenamientos productivos que ellos tienen".

A esto se suma que varios de los sectores que usan los minerales como materia prima y dependen de la producción nacional, como ejemplo la construcción, la infraestructura de saneamiento básico, la agricultura, etc. tendrían que "traer los minerales de lugares más lejanos o importarlos de otros países".

Todo esto "tendrá un impacto inmediato en el empleo, en la adopción de medidas ambientales para una clausura ordenada de la actividad, en el pago de impuestos al Gobierno, en la continuidad de programas sociales locales y en el cumplimiento de compromisos contractuales nacionales e internacionales de los proyectos, de suministro de minerales", aseguró el Consejo.

Por otro lado, está lo que ellos llaman la incorrecta interpretación del Fallo del Consejo de Estado, pues "las decisiones que se profirieron en el mencionado fallo del 4 de agosto de 2022, en ningún momento sugieren que las áreas protegidas se declaren desconociendo los lineamientos que la Constitución Polı́tica ha establecido para ello, como lo son el rigor científico, la participación ciudadana y la reserva de ley.

Otra de las preocupaciones del CGN es la vulneración del derecho fundamental a la participación y desconocimiento de los criterios para la declaración de reservas de recursos naturales.

Lo anterior, pues "la nueva norma, a pesar de tener un rango inferior, desconoce los lineamientos que establecen los artículos 34 y 35 de la Ley 685 de 2001 (Código de Minas) para la exclusión y
restricción de zonas de la minería".

A ello se suma que se "ignoran los criterios" para la designación de áreas protegidas establecidos en el Decreto 1076 de 2015 y los procedimientos para la Declaratoria de Áreas Protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Finalmente, aquejan que el Decreto rompe con la autonomía de rango constitucional de las Autoridades Autónomas Regionales, y contraría la estructura del Sistema Nacional Ambiental.

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