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La Dian espera hasta 400.000 nuevos contribuyentes en esta temporada de renta
La dirección reveló que si bien el textp coincide en 85% con lo propuesto por el Gobierno, tiene algunos cambios que ponen en riesgo la lucha contra el contrabando
El Gobierno y los gremios han coincidido que urge una reforma en el régimen sancionatorio aduanero para perfeccionar los controles que garantice una mayor seguridad y minimice las actividades ilegales. Sin embargo, hay un punto en el que tanto el Estado como el sector privado tienen una visión distinta, generando rechazo por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian.
Recientemente, la entidad emitió un comunicado en la que advirtió los riesgos que conlleva que se apruebe el proyecto de ley radicado por la senadora Paola Holguín en representación del Consejo Nacional Gremial. Aunque aclaró que este texto coincide en 85% con lo presentado por el Gobierno, hay "diferencias sustanciales", que, a su juicio, "debilitan la capacidad de control del Estado frente al contrabando, el lavado de activos y la financiación del terrorismo".
"Equiparar el decomiso de mercancías a una sanción, como plantea el proyecto del sector privado, implica legitimar la ilegalidad de mercancías que ingresan al país por contrabando", alertó la Dian.
La dirección identificó algunos puntos que calificaron como críticos, en la propuesta presentada por el sector privado, como es el caso de los principios de debida diligencia y lesividad son "graves y afectan el control que desarrolla la administración aduanera porque no estamos lidiando con personas del común. Se trata de profesionales que conocen la gestión de aduanas y expertas en el tema, por ello son objeto de autorización, habilitación, inscripción o registro ante la Dian para acreditarlo".
Por ello, en el texto propuesto por el Gobierno se establece que la única manera que este tipo de personas sean exoneradas de su responsabilidad es porque demuestren que incurrieron en este incumplimiento debido a causas de "fuerza mayor" o caso fortuito, de lo contrario, deberán acarrear con las sanciones correspondientes.
El otro punto que alertó el Gobierno son las sanciones propuestas, alertan que son montos muy bajos que "disminuyen el riesgo subjetivo de ser sancionados por el incumplimiento de las normas aduaneras e incentivan la realización de operaciones ilegales ante ausencia de sanciones ejemplarizantes".
Según lo establecido, el proyecto propone como sanción más alta una multa de 1.000 unidades de valor tributario, al costo de hoy, sería $49,79 millones, pero la Dian advirtió que con todas las reducciones propuestas, quedaría en $2 millones. "Esto resulta irrisorio ante el impacto que representa el contrabando en la industria y la seguridad nacional y sanitaria".
Aseguran que esto pone en riesgo a empresarios y comerciantes que se estarían enfrentando a la competencia desleal.
Otro riesgo identificado en el proyecto propuesto por el sector privado está vinculado a la ausencia de un mecanismo jurídico que permita incluir en un futuro las dinámicas que demande el comercio internacional.
"Las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las nuevas obligaciones. Lo que impide que el comercio exterior evolucione de manera ágil y eficiente porque necesariamente se tendrá que tramitar de manera paralela una ley que establezca las sanciones aplicables correspondientes, con los tiempos que esto requiere", advirtió.
Sobre las sanciones por la incautación, explica que con el régimen sancionatorio anterior, una vez se encontraban mercancías, se aprehendían y la medida cautelar se extendía al medio de transporte, lo que significaba la posible pérdida del medio de transporte, ahora con el proyecto, tendría la posibilidad de recuperarse con el pago de una sanción de 10% del valor del medio de transporte.
"Se establece que las denuncias penales solo serán presentadas, una vez quede en firme el acto de decomiso por agotamiento de la discusión en sede administrativa, evitando que se inicien investigaciones penales cuando aún no existe una certeza jurídica del incumplimiento de la obligación administrativa y con ello las consecuencias penales, como los reportes negativos en diferentes centrales de riesgo, lo cual impide el desarrollo regular de los empresarios", se lee en el texto.
También plantean que ara aquellos usuarios aduaneros que por primera vez, en un lapso de tres años, incurra en una infracción leve sancionada con multa y corrija su situación, por iniciativa propia o con ocasión de una actuación administrativa, no será objeto de sanción pecuniaria.
Mientras que los porcentajes de reducción por allanamiento son al: i) 20% antes de que se notifique el requerimiento especial aduanero; ii) 40% después de notificado el requerimiento especial aduanero y hasta antes de notificarse la decisión de fondo; y iii) 60% dentro del término para interponer el recurso contra el acto administrativo que decide de fondo.
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