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La solicitud fue presentada por la Asociación Entidad Medioambiental de Recicladores.
La Corte Constitucional negó una solicitud que pretendía suspender la licitación pública No. 02 de 2017 adelantada por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp), para la contratación de recolección de basuras en Bogotá.
La solicitud fue presentada por la Asociación Entidad Medioambiental de Recicladores, en su calidad de miembro de la Unidad Nacional Independiente de Recicladores, y apoyada por el senador Jorge Enrique Robledo.
La solicitud buscaba que se declare que había un incumplimiento de las órdenes que la Corte dio en la sentencia T-724 de 2003, para que la población recicladora sea incluida en la prestación del servicio de aseo y que participe en el diseño y la implementación de esas medidas.
La Corte indicó que la medida no es procedente porque “la Uaesp en el trámite de licitación pública ha adoptado una serie de medidas para garantizar la progresiva protección de los derechos de los recicladores de oficia de Bogotá, las cuales se enmarcan en lo ordenado por esta Corporación en la Sentencia T-724 de 2003 y en los autos de seguimiento correspondientes”.
La Corte consideró que el anexo 2 de la licitación, denominado “articulación con la actividad de aprovechamiento”, regula el acceso a los residuos utilizables por parte de los recicladores, la inclusión de acciones a favor de estas personas y su formalización como empresarios del servicio público de aseo.
“Cabe destacar que le anexo 2 tiene dos adendas publicadas el 24 de noviembre y el 11 de diciembre de este año, las cuales fueron expedidas con ocasión de las observaciones presentadas por los órganos de control y las asociaciones de recicladores de la ciudad, y en las que, en gran medida, se recoge y se superan los reproches alegados en la solicitud presentada por EMRS”, dijo la Corte.
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