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Lo que reglamenta el decreto es que esto aplicará siempre y cuando se haya utilizado un medio de pago electrónico, por parte del consumidor y el proveedor, que esté domiciliado en el país.
La ministra de la Cartera, Cecilia Álvarez-Correa, aseguró que “la expedición de este decreto es un avance muy importante para la protección del consumidor de comercio electrónico, buscamos darle herramientas para que sin necesidad de acudir a una autoridad, el banco o entidad financiera pueda hacerle la reversión del dinero a la cuenta del titular de la compra”.
Adicionalmente, dentro de reglas para aplicar, está que la solicitud de devolución se haga durante los 5 días hábiles después del pago. A partir de allí, el banco o entidad financiera tendrá 15 días hábiles para reversar la operación, “aún sin el consentimiento del vendedor”, señaló.
Esto también aplica para los servicios de suscripción. El consumidor podrá pedir la reversión del último mes pago si se presentó un error en la facturación.
El Ministerio explicó que hay dos pasos para el proceso: “uno, el consumidor debe poner una queja ante el proveedor del bien o servicio dentro de los 5 primeros días hábiles siguientes a la fecha en la que tuvo noticia de la ocurrencia de una de las causales de reversión mencionadas anteriormente. Y dos, los participantes del proceso de pago tendrán un término máximo de 15 días hábiles para reversar la operación desde el momento de la solicitud”.
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