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TRANSPORTE

Colfecar rechaza gravar con el IVA al transporte de carga y su logística

miércoles, 7 de noviembre de 2018
Foto: Colfecar

De ser aprobada la iniciativa del Gobierno habría graves implicaciones sobre las empresas del sector, según el gremio

Paola Andrea Vargas Rubio

Varios gremios se han pronunciado tanto de forma positiva como negativa respecto a lo propuesto en la “Ley de financiamiento”. A la lista se le sumaron los transportadores de carga agremiados en Colfecar diciendo que "rechazan la propuesta del Gobierno de gravar con el IVA las actividades de este sector".

El presidente Ejecutivo de Colfecar, Juan Carlos Rodríguez Muñoz, indicó que "de ser aprobada la iniciativa del Gobierno habría graves implicaciones sobre las empresas del sector y toda la cadena que está atada a esta actividad, en materia de fletes, costos financieros de las empresas y relaciones con terceros, entre otros".

Dentro de los ejemplos que dio Colfecar para tomar esta posición se encuentran fletes, a los cuales en la actualidad no se aplica IVA, pero con la idea del Gobierno tendrían un gravamen del 18%. Esto según el gremio "reflejaría en el valor de las mercancías, encareciendo aún más su precio al consumidor final".

A su vez, en los costos financieros, el gravamen al servicio de transporte "también tendrá repercusiones negativas sobre la liquidez de las empresas prestadoras del mismo, pues aunque deberán cumplir con el pago del IVA pueden tener problemas de flujo de caja, debido que a los generadores de carga tienden a dilatar el tiempo en el pago de las facturas hasta por 180 días".

Además de esto, el gremio manifestó que tras el análisis del proyecto de “Ley de financiamiento”, los empresarios agremiados a Colfecar identificaron que el transporte de carga fue el único que quedó por fuera del artículo 476, del actual Estatuto Tributario. Este "habla de la exclusión del impuesto sobre las ventas para el servicio de transporte público, terrestre, fluvial y marítimo de personas en el territorio nacional, y el de transporte público o privado nacional e internacional de carga marítimo, fluvial, terrestre y aéreo. Igualmente, se exceptúan el transporte de gas e hidrocarburos".

Rodríguez Muñoz, indicó que el artículo 11 del proyecto de «Ley de financiamiento», modifica el artículo 476, acabando con dicha condición solo para las empresas de transporte de carga terrestre:

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