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Países del bloque podrán imponer aranceles de 10% a productos colombianos.
La Comunidad Andina de Naciones (CAN) modificó una de las sanciones que fueron impuestas en 2005, por cuenta de la obstaculización a las importaciones de arroz de Perú, hecho que se remonta a comienzos de este siglo.
En la decisión, el CAN autorizó a los países miembros de este bloque, a que impusieran un arancel temporal de hasta 10%, sobre diez productos del sector agropecuario, que tengan como país de origen a Colombia.
De acuerdo con los hechos, desde 2001 existe un litigio según el cual Colombia habría modificado unilateralmente el Arancel Externo Común, con lo que incurrió en el incumplimiento de acuerdos establecidos por este bloque, al imponer una medida de salvaguardia a importaciones de este grano.
En la más reciente decisión, la CAN indicó que “la determinación de las mercancías deberá ser informada por los respectivos países miembros” al tribunal, para que sea el organismo el que determine el procedimiento de la sanción.
Adicionalmente, se dio a conocer que la sanción estará vigente hasta que se demuestre que Colombia ya cumplió con las exigencias del fallo de 2005, que pide el desmonte de las salvaguardias y “adoptar las medidas necesarias a fin de hacer cesar el incumplimiento de las normas comunitarias señaladas y abstenerse de emitir nuevas medidas restrictivas del comercio”.
El proyecto establece que, durante los próximos 12 años, este presupuesto tendrá un aumento anual de 1%, hasta que 39,5% de los ingresos corrientes de la Nación se destine al SGP
La clasificación de The Economist se basa en cinco indicadores macroeconómicos: inflación, amplitud de la inflación (inflation breadth), Producto Interno Bruto (PIB), empleo y desempeño bursátil
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