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ECONOMÍA

Así se haría la declaración de renta con la reforma Cárdenas

miércoles, 2 de noviembre de 2016
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David "Chato" Romero

Vale recordar que además de la renta ordinaria, la reforma de 2012 también creó el sistema Iman e Imas que eran alternativos para los empleados pero que terminó complejizando la declaración y pago de la obligación tributaria.

Para el exdirector de la Dian, Gustavo Cote, el espíritu de la norma busca acercar al contribuyente al sistema tributario y no enredarlo con los sistemas alternativos. 

Con el nuevo articulado, se establecieron unas tarifas y unos montos para empezar a declarar y pagar el impuesto de renta. La declaración de este impuesto no necesariamente lleva a que se genere un pago u obligación con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). Si el ciudadano debe pagar es porque cumple con algunas condiciones. Una de ellas es que gane más de $2,47 millones para empezar a declarar mientras que para pagar es porque el ingreso es mayor a $2,97 millones. 

LR ejemplifica algunos caso para que tenga en cuenta a la hora de hacer su declaración de renta. 

Para empezar, si usted mensualmente tiene un ingreso laboral de $3 millones, el impuesto a pagar será de 1% de su ingreso. Según el Ministerio de Hacienda, dicho impuesto corresponde a la suma de $28.685 mensuales. Lo anterior, queda evidenciado en la tabla que definió el Gobierno (ver gráfico). 

Ahora, pongamos el ejemplo del ingreso anual de un trabajador que está obligado a pagar renta. Tenemos un ciudadano con un ingreso bruto de $60 millones (ver gráfico). Por ingreso bruto se define la totalidad de lo que tiene sin descontar pagos al sistema de seguridad social. Justamente cuando se restan los aportes a salud (equivalente a 4% del ingreso) y pensión correspondiente a otro 5% usted tiene como resultado su ingreso neto. 

Para este ejemplo, el ingreso neto luego de deducir los aportes a seguridad social es de $55 millones. A ese ingreso neto usted le puede descontar la renta exenta automática. La ley, en este caso, propone que dicha exención sea de 25% del ingreso neto. Para efectos de este ejemplo, lo que el contribuyente sacaría como renta exenta automática equivale a $13,6 millones. El estatuto tributario además contempla una renta exenta adicional de 10% lo que podría finalmente reducir el ingreso neto en $5,4 millones. 

Con los descuentos de ley, pasó de $55 millones a $35 millones. Este último monto es su base gravable, es decir, lo que pone en su declaración de renta. Al momento de liquidar el impuesto de renta sobre los $35 millones, tenga en cuenta los siguientes topes. 

La propuesta de reforma tributaria prevé que el contribuyente no pague nada por los primeros $17,8 millones. De ahí en adelante y hasta completar $11,9 millones, la tarifa que le aplicará la Dian es de 10%. En este ejemplo, pagará $1,19 millones de impuesto. Si la base gravable, como en este caso, tiene un monto adicional, la Dian le cobrará una tarifa de 20% que, en este ejemplo, lo pondrá a pagar $1,14 millones para un total de $2,33 millones.

La opinión

Gustavo Cote
Exdirector de la Dian

“La reforma busca simplificar la declaración de renta y generar un sistema más cercano al contribuyente para que cumpla su obligación”.

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