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AGRO

ANT aprobó los mecanismos que permiten la administración de baldíos

jueves, 31 de agosto de 2017
Foto: Colprensa

Consejo Directivo de la autoridad de tierras de la Nación le dio vía libre a dos acuerdos para la administración de predios baldíos

Jhon Guzmán Pinilla

Por medio del Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras(ANT) se aprobaron los mecanismos que permiten por primera vez la administración inteligente de baldíos de la Nación. La idea es que se aplique a todos los terrenos baldíos adjudicables e impulse contratos de aprovechamiento para que los campesinos superen las barreras de acceso a la tierra.

“Con los contratos de aprovechamiento queremos darles una gestión eficiente a los baldíos de la Nación con información clara para su adjudicación y uso. Eso incluye la formalización de las servidumbres de utilidad pública”, afirmó Miguel Samper Strouss, director general de la Agencia Nacional de Tierras.

El director agregó que con los contratos de aprovechamiento se quiere “fomentar esquemas asociativos de producción cuando el campesino no tenga posibilidades económicas de desarrollarlo solo” y también se fijan reglas especiales en cuanto a la extensión de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), la cual se calculará a nivel predial de acuerdo con el proyecto productivo elaborado para cada predio en particular.

De acuerdo con la ANT, para acceder a este mecanismo, los interesados tienen tres vías: en primer lugar, demostrar que no están en la capacidad económica o no tenga los medios para lograr y sostener una explotación económica del baldío, también, solicitar por cualquier medio a la Agencia Nacional de Tierras, que identifique un posible socio y funja como intermediario para acercar a las partes, lograr acuerdos, generar confianza y suscribir contratos de explotación de baldíos que comprometan a los socios a apoyar y financiar proyectos productivos rentables.

Por último, el sujeto de reforma agraria que cumpla con las condiciones para la adjudicación sin que requiera el impulso económico y técnico de un contrato de aprovechamiento, podrá manifestar a la Agencia Nacional de Tierras su intención de no acogerse a este tipo de figuras.

Por su parte, los socios en los contratos de aprovechamiento de baldíos no podrán ser servidores públicos, deberán acreditar su existencia y representación legal, tener como mínimo tres años de constitución, su objeto social debe guardar armonía con las actividades previstas en el proyecto productivo, la asociación y su representante legal, no pueden estar inmersos en causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Estado, detalló la entidad.

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