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Periódicos y loterías, entre los perjudicados con la normativa

viernes, 4 de noviembre de 2016
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Juliana Ramírez Prado

Por ejemplo, “la base gravable del impuesto sobre las ventas en los juegos de suerte y azar estará constituida por el valor de la apuesta, del documento, formulario, boleta, billete o instrumento que da derecho a participar en el juego”. En este caso, se aplicará la tarifa general del impuesto sobre las ventas prevista en este Estatuto. 

De acuerdo con Ana María Olaya, directora del programa de Economía y Finanzas Internacionales de la Universidad de la Sabana “todos los consumidores resultarán afectados pero el impacto más fuerte será el de  las personas de ingresos más bajos”. Olaya explicó que si se suma el incremento del IVA, que varios investigadores calculan que será de 1% sobre la inflación, los menos favorecidos serán los que tendrán mayor repercusión.

Por su parte el viceministro de Hacienda, Andrés Escobar, manifestó que solo 2% de la vivienda que se vende está en un valor igual o superior a $800 millones que a partir de ahora tendría que pagar IVA, por lo que la gran mayoría no estaría perjudicada.

Pero sin duda, los mayores perdedores serán los que cobran el IVA y no lo entregan al Estado. En ese aspecto, la facturación electrónica que impulsa la Dian permitirá hacer mayores cruces de información, pues según las cifras del Gobierno, el IVA es uno de los ingresos que más se pierden entre los contribuyentes. 

Y aunque no se debe considerar como perdedor, los ciudadanos que quieran ahora pertenecer al régimen simplificado del IVA la tendrán más difícil. Todo por cuenta de la reducción que propone el Gobierno Nacional al techo para poder pertenecer a este sistema.

Hoy, una persona natural o jurídica puede pertenecer al régimen simplificado si tiene ingresos mensuales inferiores a $9,91 millones. Con la reforma Cárdenas bajará a $8,67 millones. Lo que significa que se incluyen más contribuyentes. 

Reforma al iva contrae ventas de carros

Siempre que hay una modificación al Estatuto Tributario se generan los aliados y opositores al proyecto de reforma. Para el caso del sector automotor, la Asociación Colombiana de Vehículos Automotores, pone sobre la mesa unas preocupaciones entorno a la propuesta de incrementar el IVA y su efecto en el mercado interno. “El índice de motorización de Colombia es muy bajo para su nivel de desarrollo y las tasas de obsolescencia del parque automotor son muy altas, una combinación nefasta porque la base de recaudo es muy baja y las externalidades negativas por unidad muy altas por la alta edad de los vehículos”, afirmó Oliverio Enrique García Basurto, Presidente de Andemos. Según cálculos de esta organización, el impacto de incrementar tres puntos de IVA puede contraer la demanda de vehículos cero kilómetros entre 3% y 10%. Por eso recomiendan una subida gradual del IVA de un punto anual. 

Glosario

Externalidad: aquellas actividades que afectan a otras sin que estos paguen por ellas o sean compensados. 

Base gravable: es el valor sobre el cual se aplica la tarifa para obtener el impuesto respectivo, y de conformidad con el artículo 338 de la Constitución Política.

Parafiscal: son contribuciones de carácter obligatorio impuestas por la ley en cabeza de los empleadores, las cuales se determinan sobre la base gravable.

Recaudo: capital producto de la recaudación fiscal por concepto de impuestos. 

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