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Cumplimiento de exigencias en materia de barreras no arancelarias

martes, 21 de febrero de 2012
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Rafael Tamayo

Los pequeños y medianos empresarios con poca o ninguna experiencia exportadora, pero que se encuentran desarrollando estrategias de internacionalización, deben saber que para incursionar con éxito en otros mercados deben estructurar planes exportadores que cumplan con las exigencias en materia de barreras no arancelarias existentes.

¿Qué son las Barreras no Arancelarias?
Son medidas que adoptan los países para limitar el acceso de mercancías a sus mercados, con miras a salvaguardar bienes tan importantes y diversos como la salud y la vida de las personas, el medio ambiente, o para prevenir prácticas que induzcan a los consumidores a error. Las Barreras no Arancelarias esencialmente son de dos clases: obstáculos Técnicos al Comercio (OTC), y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF). Cada una está regulada por un acuerdo multilateral específico en el marco de la OMC y, en el contexto de los TLC, por capítulos que fijan reglas para evitar que su aplicación conlleve restricciones innecesarias al comercio o proteccionismo.

¿Qué se entiende por Obstáculo Técnico al Comercio?
Son los reglamentos técnicos y normas encaminadas a tutelar el derecho de los consumidores a elegir, de manera informada, los productos que consumen y que versan sobre aspectos relacionados con las características específicas que los productos deben satisfacer a fin de ser comercializados en un determinado país, como condiciones de embalaje o etiquetado, exigencias mínimas de rendimiento, entre otros aspectos relevantes como el tamaño, forma, diseño o presentación de los productos.

¿Cuál es la Diferencia entre Norma y Reglamento?
La observancia de una norma es voluntaria, mientras que el cumplimiento de un reglamento técnico es de carácter obligatorio. Cuando un producto importado no cumple con un reglamento técnico, no podrá ser puesto a la venta; por el contrario, la no observancia de una norma técnica no impide la comercialización del producto, pero puede incidir negativamente en la preferencia de los consumidores. Por ejemplo, son normas técnicas los sellos ambientales y de reciclado que se exhiben en los empaques de algunos productos, permitiendo así su posicionamiento en el segmento de consumidores con conciencia ecológica. Por su parte, los datos nutricionales que deben exhibir ciertos alimentos las indicaciones y contraindicaciones de los medicamentos y las marquillas de las prendas de vestir, corresponden a ejemplos de reglamentos técnicos.

¿Qué son las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias?
Son medidas adoptadas por cada país en materia de protección de la salud y vida de las personas y de los animales, y para la preservación de vegetales. En particular, se establecen para asegurar la inocuidad de los alimentos y evitar la propagación de plagas en el contexto del comercio internacional.

¿Qué objetivos persiguen estas Medidas?
Proteger a los consumidores y los animales de elementos patógenos y otros riesgos para la salud o la vida, presentes en productos alimenticios, bebidas o piensos, tales como aditivos, contaminantes o toxinas; y proteger a los consumidores, los animales y las plantas frente a los riesgos derivados de la propagación de plagas o enfermedades.

¿Cuáles son las autoridades?
En materia de control sanitario, el Invima ejerce las funciones de inspección, vigilancia y expedición de registros sanitarios para alimentos, medicamentos, insumos para la salud y productos biológicos. Por su parte, el ICA es la entidad encargada del control sanitario y fitosanitario en sectores como el agrícola y el pecuario, mientras que el ICONTEC es el organismo a cargo de los asuntos correspondientes a normas técnicas.

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