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Analistas 13/03/2015

Transformación del campo

Roberto Junguito
Exministro
La República Más
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Uno de los capítulos del articulado del Plan de Desarrollo sometido al Congreso de la República trata de la Transformación del Campo y contiene propuestas en temas de reforma agraria, tierras, contribuciones parafiscales, crédito agropecuario, e instituciones del sector. 

Entre los artículos planteados hay uno bastante enigmático que dispone que el Gobierno Nacional establecerá  “Mecanismos de intervención integral en territorios rurales y las zonas en las cuales estos serán implementados”. Otro hace referencia al subsidio integral de reforma agraria e instituye que será equivalente al valor de la Unidad Agrícola Familiar (UAF) y  otorgado por una sola vez a familias campesinas de escasos recursos, con arreglo a las políticas y a los criterios que determine el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. ¿Debe entenderse que este subsidio sería el valor máximo de apoyo del gobierno a un campesino favorecido con la asignación de tierra? ¿Qué sucede  con los apoyos complementarios a los campesinos pobres sin tierra a que hace referencia el primer punto de la agenda de La Habana cuando habla de Desarrollo Rural Integral?

Sobre los temas de tierras hay uno que destaca que el Incoder o la entidad que haga sus veces podrá constituir reservas sobre tierras baldías, o que llegaren a tener ese carácter, para establecer en ellas un régimen especial de ocupación, aprovechamiento y adjudicación, reglamentado por el Gobierno Nacional, que permita al adjudicatario contar con la tierra como activo para iniciar actividades de generación de ingreso. Se refiere, quizás, a la importancia de establecer una Autoridad Nacional de Tierras. Este se complementa con uno cuarto que prevé que el  Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la entidad ejecutora que este determine, gestionará y financiará de forma progresiva la formalización de tierras de naturaleza privada, para otorgar títulos de propiedad legalmente registrados a los trabajadores agrarios y pobladores rurales de escasos recursos que tengan la calidad de poseedores. Estos temas vienen siendo analizados por la Misión Rural y las propuestas legislativas resultan coherentes con los estudios adelantados para esta.

En cuanto a la administración y recaudo de las contribuciones parafiscales agropecuarias y pesqueras, el artículo de la propuesta del gobierno dispone que la administración de todas las contribuciones parafiscales agropecuarias y pesqueras se realizará directamente por las entidades gremiales que reúnan condiciones de representatividad nacional de una actividad agropecuaria o pesquera determinada y hayan celebrado un contrato especial con el Gobierno Nacional, sujeto a los términos y procedimientos de la Ley que haya creado las contribuciones respectivas. En caso de malos manejos, establece que el gobierno entre a manejar y asignar dichos recursos. Otro de los artículos entra a modificar la composición de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario para su mejor funcionamiento. Son artículos que parecen bien enfocados.

Quizás el artículo más importante es el que solicita revestir al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para expedir decretos con fuerza de Ley, hasta por un término no superior a seis meses, con el fin de suprimir y/o escindir las entidades del sector agropecuario ejecutoras de la política de Tierras y Desarrollo Rural, como también crear la institucionalidad que se estime necesaria para asumir dichas funciones. La realidad es que las instituciones del sector agropecuario no están operando adecuadamente y requieren reformas profundas. Sin embargo, el artículo no establece los lineamientos básicos que debería tener esa reforma institucional. Sería muy útil que el Ministro de Agricultura y el Jefe del DNP le expliquen didácticamente al país los objetivos y relación de estos artículos con el Capítulo de Transformación del Campo del Plan, la Misión  Rural y la Agenda de Cuba.
 

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