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Analistas 07/10/2025

Ley Minera

Giovanni Franco Sepúlveda
Ph.D. Profesor Universidad Nacional de Colombia

En enero de 2023, en la Casa de Nariño, se definió el calendario de los proyectos de ley que deberían radicarse para el primer semestre de este año. Recuerdo con especial atención que el 3 de marzo debería radicarse la nueva Ley Minera definida por el Gobierno del cambio. 31 meses después, el pasado miércoles 1° de octubre el Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Minas y Energía, radica la nueva Ley Minera, de la cual nos ocuparemos en esta columna. Y radica a cinco meses de elecciones para el Congreso en Colombia, nada más impertinente teniendo en cuenta que los actuales congresistas que deseen reelegirse para el periodo 2026-2023, están pensando más en sus procesos electorales que en discutir los nuevos proyectos de ley radicados.

Algunos de los principales puntos a destacar del articulado en mención, son los siguientes:

Prohibición de la minería en espacios marinos, costeros y de carbón térmico: Mientras en el mundo sigue demandando más minerales que nos ayuden a soportar los avances tecnológicos y de bienestar, se pretende limitar los procesos de prospección y exploración geológico-minera en espacios marinos y costeros. Actualmente, los países desarrollados exploran espacios más allá de los límites planetarios, es decir, la luna o marte, para encontrar nuevas fuentes de minerales.

Y en lo que respecta a la prohibición de la explotación del carbón térmico, se comete un error garrafal al pretender limitar la explotación y extracción de carbón térmico, pensando que con este tipo de acciones se “salvará” el planeta de los niveles de contaminación y gases de efecto invernadero que se pudiesen generar con el aprovechamiento del carbón. Por muchos años, los recursos energéticos provenientes de fuentes fósiles seguirán dominando la matriz energética mundial, y no por prohibirlos en Colombia, el mundo dejará de explotarlos. Es la paradoja de hacer caldo con el pollito sano para darle de comer al pollito enfermo. Sin temor a equivocarme, debemos ser el único país en el mundo que pretende prohibir la explotación de carbón térmico. O somos muy inteligentes o muy ingenuos.

Régimen diferencial para pueblos indígenas, afro y campesinos y marco especial para pequeños mineros y tradicionales. La característica fundamental de la actividad minera está relacionada con la cantidad intensiva de capital financiero de riesgo y con el largo plazo de las inversiones asociadas a la incertidumbre geológica, de mercado y técnica presentes en los recursos del subsuelo. Pretender que las comunidades indígenas étnicas tengan un régimen diferencial se encuentra más en los límites del populismo que en las realidades que viven estos pueblos y estos territorios a lo largo y ancho del país. Pretender ofrecer estos regímenes y marcos especiales, sin tener en cuenta las demandas tan altas de recursos financieros para apalancar esta actividad minera en estos territorios, deja mucho que desear y se muestra más como un saludo a la bandera, que como un articulado que pretenda mejorar la actividad minera como tal.

Exigencia de la licencia ambiental desde la fase de exploración. Otra talanquera o restricción adicional al desarrollo del sector minero. Alejado de la realidad de la actividad exploratoria, se pretende que desde la exploración, que consiste más en una actividad con poco o nulo impacto ambiental en donde se instalan las plataformas para llevar a cabo las perforaciones geológicas, exigir licencia ambiental y posponer esta etapa fundamental dentro del ciclo minero, debido a las trabas y restricciones que desde las Corporaciones Autónomas Regionales y desde las Autoridad de licencias ambientales, se le exigen a un sector tan importante para el desarrollo del país.

En resumen, siendo un lector desprevenido del sector minero nacional, la nueva ley minera, se convertirá en una ley que nace muerta. No son los tiempos, no son los argumentos, no nos consultaron a las instituciones académicas, no es una ley que promueva la minería responsable, amigable y sostenible con el entorno. En definitiva, no tiene en cuenta los impactos financieros y fiscales que generará.

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