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Analistas 11/11/2014

La reforma a la justicia en clave centralista

Eduardo Verano de la Rosa
Gobernador del Atlántico
La República Más
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Las mayorías del Parlamento colombiano están dedicadas nuevamente a la tarea de reformar la Constitución Política, en especial, en temas relacionados con la justicia. 

La actuación de la Presidencia de la República y de los partidos de gobierno, en este asunto, debe ser plural e incluyente y no impuesta. No todos los sectores han sido escuchados para tan magna tarea.

La opinión de las regiones, de la ciudadanía de las regiones no es escuchada porque no puede pasarse por alto que nuestro parlamento es un órgano del  poder centralista. Por este motivo, los parlamentarios de las regiones representan partidos centralistas y no la voz directa de la ciudadanía de las regiones. De hecho, no aparece el tema regional en la agenda.

Con la reforma a la justicia propuesta se fortalece el poder centralista. Debería, por el contrario, ser un proceso encaminado a la democratización del país. Lo que persigue la reforma es fortalecer el presidencialismo y esto debilita el sistema de frenos y contrapesos. 

La realidad es que todo esto debilitaría el poder judicial. Al no invitarlo a la deliberación pública, lo toma de sorpresa y le propone una reingeniería sin ser escuchado.

El juez natural,  la separación entre acusación y juzgamiento, las dos instancias y la independencia absoluta orgánica del poder judicial es la garantía para el cumplimiento de los derechos y las libertades, y del mismo Estado Social y Democrático de Derecho. Sin un juez natural e independiente no es posible la existencia real de la democracia.

Una reforma constitucional a la justicia no puede ser el resultado de un debate sin la participación activa de todas las partes. Toda la comunidad jurídica, a lo largo y ancho del país, debió ser invitada a una amplia deliberación sobre los problemas de la justicia.

Y más si se tiene en cuenta el antecedente, en este gobierno, del fracaso en su intento de reformar la administración de justicia con el mismo procedimiento y la negativa inconstitucional de sancionar la anterior reforma porque tenía el absoluto rechazo de la sociedad civil: Es un antecedente que debe hacer pensar al gobierno.

La reforma, en el estado de arte actual, genera deudas a la comunidad jurídica. No es posible que la propuesta para juzgar a los altos funcionarios del Estado sea la de remplazar al ente acusador ineficiente e incapaz de acusar, por ser de origen parlamentario y político, por otro ente (Tribunal de Aforados) de origen parlamentario. Tampoco es conveniente que se le invista de órgano judicial. Sería un tribunal que podría investigar, acusar y sancionar a los magistrados de las Cortes, al contralor, al procurador. Sería una Súper Corte para las Cortes.

Un órgano judicial no puede ser de origen político para juzgar a políticos. La Comisión de Acusaciones merece desaparecer, pero no puede reaparecer como parte integrante de la administración de justicia. Este poder judicial de investigar a los aforados bien lo puede realizar la Fiscalía General de la Nación que está facultada para esa función. 

La Fiscalía por intermedio de fiscales delegados ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia o ante fiscales delegados ante la Sala Penal de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, bien puede asumir la competencia para acusar a los aforados. La doble instancia puede ser una combinación de las Salas Penales de los Tribunales  Supriores y la Sala Penal de la Corte Suprema.

La eliminación abrupta del Consejo Superior de la Judicatura requiere de mayor deliberación y debate entre la comunidad jurídica. Este órgano nació para garantizar la independencia del poder judicial y sus defectos deben ser corregidos. No es plausible de buenas a primeras eliminar un órgano que está diseñado para garantizar la independencia del poder judicial como lo es la libertad política. 

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