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Analistas 04/07/2023

Falla del Estado en la salud

Diego Gómez
PhD, Director ECSIM

Lo que se está haciendo con la salud en este Gobierno terminará configurándose como un delito de Estado en que se verifica la utilización ilegal o abusiva del poder estatal para cometer actos ilícitos que violan los derechos humanos y el estado de derecho. Específicamente se trata de la violación del derecho fundamental a la salud establecida en la sentencia T 760 de 2008 y la Ley Estatutaria en salud 1751 de 2015.

La sentencia aludida ordena al estado la actualización de los Planes Obligatorios de Salud por lo menos una vez al año y adoptar las medidas necesarias para asegurar la cobertura universal sostenible del sistema. La ley estatutaria mencionada establece la obligación del estado de financiar de manera sostenible los servicios de salud y garantizar el flujo de los recursos para atender de manera oportuna y suficiente las necesidades de salud de la población. La ley 100 de 1993 establece que, por cada persona afiliada, la entidad promotora de salud recibirá una Unidad de Pago por Capitación, UPC, que será establecida anualmente.

El Gobierno a través del Ministerio de Salud ha limitado de manera deliberada, sistemática y anti técnica los recursos del sistema. Redujo los recursos para el sistema en la discusión del Presupuesto General de la Nación $8,1 billones a $3,8. Luego estableció contra todos los parámetros y sin una justificación técnica un incremento de UPC de 16,5% que no atiende los requerimientos de la población y que queda desfinanciada en al menos 5%. Finalmente, la semana anterior en la discusión de la adición presupuestal el ministerio no requirió los recursos que sabe que le faltan al sistema. El déficit total acumulado es de $10,45 billones, solo requirió $2,02 billones

Desafortunadamente en la discusión del sistema y de la reforma ha estado ausente el rigor científico que reposa tras la definición del Plan de Beneficios en Salud y de la UPC. Es un ejercicio de epidemiólogos y actuarios que establece los patrones de enfermedad de la población y los presupuestos requeridos para atenderla. A manera de ilustración, están previstos con base en los datos de los años previos, cuántos infartos y cuántas atenciones de cáncer deberán ser atendidos y cuánto costarán. Esto reposa en una Nota Técnica que es el eje del sistema de salud.

Si deliberadamente se retira 5% del presupuesto requerido, quedarían sin atención 5% de los infartos y de las atenciones de cáncer. En la realidad lo que está ocurriendo es que los infartos se atienden vía urgencias y las atenciones de cáncer al no ser prioritarias dejan de ser atendidas progresivamente. Igual ocurre con las enfermedades crónicas, los embarazos complejos y otras atenciones no urgentes. Este déficit de la UPC hace tránsito destrozando los estados financieros de las EPS y termina reposando en cuentas impagables a las IPS y en servicios no prestados. Esto afectará en mayor medida a poblaciones de bajos ingresos que no pueden acceder a servicios particulares.

Este Gobierno tendrá que enfrentar evidencias científicas de muertes y fallas en la atención derivadas de su incumplimiento de la ley. Se recordará como el Gobierno en que murieron los pobres.

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