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Tribuna Empresarial 15/06/2021

De expropiaciones y servidumbres

Carlos Roberto Peña
CEO de Sapiens Research
Analista LR

El 7 de julio pasado, el Igac publicó en su página web la Resolución 639 de 2020, por medio de la cual conformó la lista de peritos que pueden intervenir en procesos judiciales donde se aplica el artículo 21 de la Ley 56 de 1981 y el numeral 5 del artículo 2.2.3.7.5.3 del Decreto 1073 de 2015; es decir, cuando en procesos de expropiaciones y servidumbres, el juez requiera designar un perito dirimente que dictamine sobre el avalúo de servidumbres y tase los daños y perjuicios respectivos.

Ese perito dirimente lo podrán encontrar los jueces, árbitros o magistrados, o incluso las partes, en el listado de peritos que publicó el Igac, y en el cual solo hay un poco más de 3.100 profesionales, quienes, a su vez, están inscritos en el Registro Abierto de Avaluadores (RAA), en una o más de las 13 categorías dispuestas por el Decreto 556 de 2014, por el cual se reglamentó la Ley 1673 de 2013, más conocida como la ley de la actividad valuatoria.

Sin embargo, todos los que ejercen ley deben tener mucho cuidado porque únicamente menos de 1.000 de esos peritos podrán intervenir en casos de servidumbres en todo el país, ámbito que le compete de manera exclusiva a los que están inscritos en la categoría 13 del RAA, donde se abordan los siguientes casos: “Daño emergente, lucro cesante, daño moral, servidumbres, derechos herenciales y litigiosos y demás derechos de indemnización o cálculos compensatorios y cualquier otro derecho no contemplado en las clases anteriores”.

De modo que todos los propietarios de inmuebles afectados por las variadas servidumbres visibles y no visibles que requieren las empresas podrán contar con este listado del Igac. Desde esa base de datos se pueden encontrar los peritos por ciudad y por categoría RAA, y se podrán ubicar correos electrónicos y números móviles de contacto.

Y cabe aclarar que son personas naturales, no lonjas ni asociaciones ni otro tipo de gremios, los que pueden y deben hacer este tipo de labores especializadas, que son la herramienta clave de impartir justicia en el país.

Algo importante para resaltar es que, si un perito de este listado es designado judicialmente, deberá aceptarlo de manera obligatoria, so pena de ser excluido de la lista por orden judicial con las correspondientes responsabilidades y sanciones, salvo justificaciones aceptadas.

Pese a la pandemia, en el país no se han detenido las obras de infraestructura. Tanto en el plan de desarrollo nacional como en los departamentales y municipales se contemplan este tipo de obras en articulación con las empresas de servicios públicos, y con la dinámica misma de crecimiento y conectividad de las ciudades y el flujo de líquidos que se distribuyen en el territorio.

Por lo tanto, son y serán innumerables los procesos judiciales que requerirán de dictámenes objetivos y justos que tasen los perjuicios que este desarrollo nacional conlleva, a fin de que los propietarios de bienes inmuebles reciban la indemnización que les corresponde, tanto desde el punto de vista del daño emergente por cuenta de una parte de su propiedad, incluido el consecuente pago de impuesto predial, como del lucro cesante derivado del efecto de esa servidumbre.

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